3 de noviembre de 2019
Si bien el organismo de contralor dio el "ok" a la rendición de cuentas del Consejo tandilense, en general, en el artículo tercero de la resolución desaprobó egresos y formuló cargos "por la suma de $461.890,14 al que deberán responder solidariamente Cristian Armando Cisneros y Valeria Celia Rosa De Vanna (Artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias), en virtud de los fundamentos expuestos en el Considerando Primero".
Al mismo tiempo, le aplicaron una "sanción de llamado de atención a las autoridades: Carlos Gonzalo Suárez, Valeria Celia Rosa De Vanna, Cristian Armando Cisneros, Pablo Hernán Anriquez, Carmen Núñez, Facundo Aldo La Banca, María Verónica Rizziardi, Juan Manuel Iocca y Lucía González, de acuerdo a lo tratado en el considerando Tercero".
Por otro lado, el HTC notificó a las autoridades: Carlos Gonzalo Suárez, Valeria Celia Rosa De Vanna, Cristian Armando Cisneros, Pablo Hernán Anriquez, Carmen Núñez, Facundo Aldo La Banca, María Verónica Rizziardi, Juan Manuel Iocca y Lucía Gonxález, "de lo resuelto en los artículos precedentes, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa (90) días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires".
La sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar al Tribunal de Cuentas, "dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el Artículo 159 de la Constitución Provincial", especifica el fallo 724/2019, firmado por Ariel Héctor Pietronave; Gustavo Eduardo Diez, Daniel Carlos Chillo, Eduardo Benjamín Grinberg, y rubricado por Ricardo César Patat.
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