8 de junio de 2016
Por Carlos Andrés Mansilla(*)
En el dia de la fecha se publicó la Resolución Nº 99/2016 del MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA que determina el limite de 400% al aumento de las facturas de gas de los usuarios residenciales y del 500% para Pymes.
Esto lo hizo (según las propias consideraciones reflejadas en los fundamentos) ya que "en determinados casos, la aplicación de lo dispuesto en la mencionada Resolución N° 28/2016 de este Ministerio, resultó en un INCREMENTO SIGNIFICATIVO del monto de las facturas...".
Es bueno reconocer errores. Lo malo es volver a errar.
En efecto, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de la Resolución Nº 99 los topes fijados se aplican sobre las tarifas vigentes al 31 de marzo de 2016, QUE NO SE APLICAN EN TANDIL Y LA ZONA en virtud de una medida cautelar del año 2014 dictada por el Juez de Azul Martín Baba a iniciativa de una ONG de Olavarria.
Con lo cual esta nueva "errónea decisión" el Ministro pretende anular la medida tomada hace 2 años por el Poder Judicial y aplicar en toda la región el anterior aumento (que fué del 300 % aproximadamente en 2014) sumado al 400% del aumento de 2016. En total para Tandil el aumento dispuesto alcanzará el 700% y 800%.
Quizás otro INCREMENTO SIGNIFICATIVO no? Seguro un ERROR SIGNIFICATIVO...
Es necesario que la Justicia Federal nuevamente tome cartas en el asunto y aclare esta situación. También que el ministerio, partiendo de la realidad, inicie de una vez por todas una discusión seria, deje los parches temporarios y se discutan nuevamente los contratos de los servicios públicos privatizados, siempre a favor de los consumidores.
Necesitamos justicia en la tarifa, precios realistas, que se tenga en cuenta la situación social y un consumo mínimo garantizado en zonas frías como tandilia.
Todo esto no es nuevo. Se sabe hace muchos años. Estaba pendiente y no se resolvió.
Otro amparo judicial puede frenar este descalabro, pero no soluciona el problema de fondo: tenemos que discutir y aprobar una nueva relación de los consumidores de servicios públicos (todos los habitantes) con las empresas que "prestan un servicio" (privadas y publicas).
Ni el estado privatizador de los años 90 ni el subsidiador irresponsable e ineficaz de este siglo.hay que hacer otra cosa. En serio.
RESOLUCION Nº 99/2016
Artículo 1º: Instrúyese al ENARGAS para que, en el ejercicio de sus facultades, disponga las medidas necesarias a fin de que, durante el año 2016, los montos, sin impuestos, de las facturas que emitan las prestatarias del servicio público de distribución de gas por redes de todo el país, que los usuarios residenciales (categoría R y sus subcategorías) deban abonar por consumos realizados a partir del 1 de Abril de 2016, no superen en más de un CUATROCIENTOS POR CIENTO (400%) al monto final, sin impuestos, que para dichos consumos hubiere correspondido facturar de aplicarse, al mismo usuario y para el volumen consumido en el nuevo período de facturación, las tarifas vigentes al 31 de marzo de 2016.
(*)Concejal mandato cumplido
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