1 de mayo de 2020
Los interesados deberán viajar "por única vez", en
"vehículos particulares" y cumpliendo una serie de normas que se
redactaron para este fin en particular, siempre y cuando hayan recibido
previamente la autorización.
El Gobierno aprobó hoy un nuevo procedimiento para autorizar
la circulación de las personas que están varadas en distintas ciudades del país
y todavía no pudieron regresar a sus provincias de origen para cumplir con la
cuarentena en sus domicilios habituales.
La medida se hizo efectiva a partir de la publicación en el
Boletín Oficial de la Resolución Conjunta 3/2020 que lleva la firma de los
ministros de Transporte, Mario Meoni, y del Interior, Eduardo "Wado"
de Pedro.
Entre los considerandos se aclara que los interesados
deberán viajar "por única vez", en "vehículos particulares"
y cumpliendo una serie de normas que se redactaron para este fin en particular,
siempre y cuando hayan recibido previamente la autorización para hacerlo por
parte de las autoridades de la jurisdicción a la cual quieren volver.
En un reglamento especial que se publicó junto a la
Resolución, se explicó que cada provincia, así como también la ciudad de Buenos
Aires, "abrirá y administrará un registro" de los ciudadanos
residentes en cada distrito que actualmente están cumpliendo el aislamiento en
otro lugar y quieran retornar a sus hogares.
Estas personas "deberán inscribirse" en el
registro que les corresponda según el distrito al que deseen regresar y
completar una planilla con los datos personales, como nombre, apellido, DNI,
patente del auto en el que circularán, punto de origen y de destino.
Recién estarán autorizados a circular cuando las autoridades
de cada lugar "aprueben" las solicitudes y se lo comuniquen al
solicitante.
La cantidad de permisos otorgados dependerá de cada
jurisdicción porque se deberá garantizar ciertas condiciones de seguridad
sanitaria, de acuerdo al texto oficial.
Para establecer esta modalidad, el Gobierno señaló que
"la experiencia colectada en su implementación" durante el primer
periodo de esta medida "y la existencia de numerosos casos de personas que
no han podido regresar a su residencia habitual" provocan que sea
"necesario implementar un nuevo procedimiento que permita evaluar autorizaciones
excepcionales al efecto".
"A partir del día martes 5 de mayo de 2020, las
provincias y la ciudad de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de
personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota
suscripta por el señor Gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno-o el
funcionario público delegado al efecto-, solicitando, asimismo, la emisión del
'Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual'", se aclaró.
De acuerdo con el reglamento, "una vez recibida la
información completa, se habilitará la emisión del 'Certificado para el Regreso
al Domicilio Habitual', que cada jurisdicción deberá remitir a los interesados
y que será el único permiso de circulación necesario para trasladarse desde su
lugar de origen hasta su lugar de destino".
Esta autorización "tendrá una vigencia de noventa y
seis (96) horas computadas a partir de su emisión", aunque se resaltó que
los que viajen "deberán observar las recomendaciones e instrucciones de
las autoridades sanitarias y de seguridad establecidas" en el marco de la
pandemia por coronavirus.
Comentarios
0Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Iniciá sesión para dejar tu comentario
Iniciar sesiónCargando comentarios...
Denunciar comentario