25 de agosto de 2010

Policiales

Policiales. Juicio: resuelven si un caso responde a tenencia o comercialización de droga

Ayer se inició un juicio oral y público que valió para reeditar un debate que se genera a partir de operativos policiales que culminan en secuestros de estupefacientes, acerca de la tipificación en que luego se termina de encuadrar el delito. Si se trata de una tenencia o la cantidad de la sustancia hallada implica referir y, consecuentemente, imputar de comercialización.
Tras dos años de un procedimiento realizado en un domicilio de calle Sarmiento al 700, ayer el Tribunal Criminal Nコ 1, escuchó al ministerio público como a la defensa del acusado, Germán Vulcano, a quien se lo sindicó como el tenedor de una cantidad de droga que le permitió al fiscal, Luis María Surget, inferir que se trató de un delito de comercialización. Conclusión que lo llevó a peticionar la pena de 4 años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, bajo la carátula de “tenencia de estupefacientes para su comercialización”.
Para la defensa, a cargo del doctor Jorge Dames, ninguno de los requisitos acusatorios fueron reunidos en la pesquisa que permitió arribar al debate, sin dejar de criticar los testimonios de los policías intervinientes, para luego así pedir la absolución de su cliente.
Los primeros en desfilar frente a los jueces Gustavo Echevarría, Guillermo Arecha y Pablo Galli, resultaron los policías federales que intervinieron en la investigación. Llamativamente reticentes a la hora de recordar sobre lo actuado, huidizos o al menos olvidadizos, resultaron los efectivos citados a la hora de reseñar sobre su intervención en la pesquisa y consecuente intervención en el procedimiento que permitió el allanamiento, secuestro y detención del acusado.
Tanto el fiscal como la defensa pusieron mucho esmero en tratar de plasmar en el recinto lo que aquellos uniformados habían afirmado en las actas de procedimiento, pero los testigos se excusaron de recordar con precisiones por el tiempo transcurrido de aquel hecho como en la cantidad de operativos que protagonizan como para poder dar pormenores de lo actuado en el caso puntual.
De todas maneras, el ministerio público se valió de las actas y sus respectivas ratificaciones de los policías para dar por probado los procedimientos y los motivos que llevaron a realizar el operativo que culminó con la detención.
Más precisamente, al recibir un llamado anónimo denunciando lo que presuntamente sucedía en la casa de Vulcano, se realizaron trabajos de inteligencia, vigilancia en la que dejaron constancia de un “inusitado” número de personas que pasaba por la casa del acusado en breves lapsos de tiempo y, en uno de ellos, se divisó un “pasamanos” que les reforzó la hipótesis de que allí el imputado vendía la droga al menudeo.
Duras apreciaciones vertió el doctor Dames en su réplica al tiempo de su alegato respecto a la investigación en cuestión. Sobre la cual recordó que a pesar de las indicaciones del fiscal, no constaba en el expediente escucha telefónica, fotografías, imagen alguna, que cimienten lo que a su entender resultó una “precaria” sino absurda investigación.
Además de los policías “dubitativos” frente al Tribunal, también se escuchó al joven que ofició de testigo del procedimiento, quien ratificó que aquella diligencia terminó con la detección de estupefacientes y bolsas de nylon con recortes circulares. Ese elemento le serviría al fiscal para acreditar que el imputado utilizaba los retazos para envolver la cocaína para la respectiva venta.
“Cuando hay comercialización es común encontrar los rezagos de bolsas de nylon”, confió uno de los policías. A lo que Dames lo indagó si esos envoltorios también se le podía encontrar a un consumidor, y el uniformado respondió positivamente. Empero, rápido de reacción, Surget pidió que constara en acta también que no a un consumidor se le encontraría los restos de la bolsa con las respectivas circunferencias.
Los últimos testigos fueron aportados por la defensa, y resultaron el abuelo y la actual pareja del acusado, quienes admitieron la enfermedad, la adicción que tenía su ser querido, pero que jamás se dedicó a la venta de los estupefacientes que se le encontraron en su departamento. También el comisario Urruchúa (titular de seguridad Vial local) se dijo amigo del imputado, amistad que se inició cuando formó parte del elenco de la película Rostros Usurpados, film que creó Vulcano (cineasta y actor, reza en su curriculum).

ALEGATOS

Ya pasado el mediodía, llegó el turno de los alegatos, en los que el ministerio público ratificó su acusación, detallando que según informe pericial, en el allanamiento se secuestraron 0,6084 gramos de cocaína, para lo cual se concluye en que entre 5 y 11 dosis se pueden distribuir como el umbral calculado para un adulto normal.
Así, el fiscal insistió sobre la intencionalidad de comercializar, sin dejar de aclarar que sin una confesión resulta siempre muy complejo probarlo, aunque aquí -a su entender- hubo otros elementos que sustentaban su teoría: los estupefacientes estaban fraccionados, los recortes de la bolsa de nylon y las cortas visitas de terceros en el domicilio donde se secuestró la droga.
Para Dames, la causa se basó sobre dos ejes: el indicio de la venta de droga y el secuestro de lo hallado. En apasionado alegato, el reconocido abogado no escatimó en críticas para con el accionar como el testimonio de los policías. “Fueron impresentables, ambiguos, huidizos, presentaron una vergonzosa amnesia que empuja a la justicia a remendar su impericia”, sentenció.
Insistió en que el propio Vulcano ya contaba con antecedentes que demuestran su adicción a las drogas y que precisamente lo secuestrado en su casa tenía que ver con esa delicada enfermedad.
Subrayó que toda la pesquisa versó sobre pseudos indicios de presunciones, sin elementos de prueba que acrediten lo que se acusaba. Ni imágenes, ni testimonios, ni consulta a vecinos, ni datos sobre los presuntos autos que paraban en la casa que permitieron dilucidar si la presunta operación versaba sobre una venta o compra de la droga.
Luego también arremetió contra lo que se había secuestrado, enfatizando que la cantidad de cocaína y la expectativa del umbral al que refirió el fiscal resulta relativo, aseverando que las dosis encontradas resultan normales para un consumidor.
Por otro lado, arremetió contra los retazos de bolsas que resultaban ser la “clave para que mi defendido esté libre o preso”.
Al respecto, cuestionó que le evidencia no fue periciada y ni siquiera la llevó al debate, sólo unas fotos difusas que constan en el expediente. Así, Dames se basó en las “falencias insalvables de la investigación”, que el procesado “haya confesado su condición de adicto”, que la “cantidad de droga es compatible con la tenencia personal” y la falta de secuestro de “elementos complementarios”, como para pedir la absolución.
Así fue que finalmente recordó el fallo del caso Arriola, que alude a la inconstitucionalidad del delito por la tenencia de uso personal, norma que viola el artículo 19 de la Constitución Nacional.
Cerrando el debate (se conocerá su veredicto el próximo 2 de septiembre), el acusado se dijo inocente de lo que se lo estaba imputando, insistiendo en su enfermedad sobre la cual está tratándose, pero que jamás vendió droga.

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