27 de diciembre de 2016

Nacionales

Nacionales. La Cámara Federal ordenó determinar si la Oficina Anticorrupción cometió "abuso de poder" por "persecución selectiva"

La Cámara Federal desestimó una denuncia contra la Oficina Anticorrupción
(OA) por haber presentado un informe en el marco de la causa por supuesto
enriquecimiento ilícito que se sigue al ex titular de la AFIP, Ricardo
Echegaray, pero ordenó determinar si pudo haber un acto "arbitrario" de
abuso de poder en la decisión de actuar o no ante determinados casos
judiciales.
La decisión de la sala II del Tribunal de Apelaciones porteño confirmó la
desestimación de la denuncia presentada por Echegaray contra la titular de
la OA, Laura Alonso, por haber presentado un informe en el marco de la
investigación por supuesto enriquecimiento que se sigue al ex Auditor
General de la Nación en el juzgado federal a cargo de Sergio Torres, según
la resolución a la que hoy accedió Télam.
Pero paralelamente Echegaray denunció una "supuesta persecución selectiva
por parte de la máxima autoridad de la Oficina Anticorrupción, Lic. Laura
Alonso, en supuesta violación de sus deberes específicos", recordó la
Cámara.
Esta parte de la denuncia también había sido desestimada por el juez de
primera instancia Sebastián Casanello, una decisión revocada por el
Tribunal de Apelaciones, que le ordenó pedir opinión a la fiscalía y
pronunciarse sobre este aspecto de la denuncia.
"El eje, aquí, no se pone en cuáles son los casos en que sí se involucró el
organismo –como querellante, entre otros supuestos- sino en aquellos en que
dejó o deja de hacerlo. Para el impugnante, este argumento, expresamente
incluido en la denuncia, no fue tratado ni por el fiscal que dictaminó por
su desestimación, ni por el juez que resolvió en consecuencia", advirtió la
Cámara.
Echegaray había pedido investigar si hay una "supuesta persecución
selectiva" por parte de la OA en "supuesta violación de sus deberes
específicos".
“No ha recibido respuesta la pretensión de que se inicie una pesquisa para
determinar si pudo haber existido, en los términos apuntados, un actuar
arbitrario configurativo de abuso de poder, destinado a beneficiar o no
accionar en determinados casos, en desmedro de las finalidades propias del
organismo”, se explicó en el fallo.

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