30 de junio de 2021

Nacionales

Nacionales. La Corte Suprema rechazó el pedido de Farmacity para instalar sucursales en la provincia

Así lo hizo el máximo tribunal en un fallo con tres votos a favor (Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y el conjuez Martín Irurzun) y una disidencia (Mirta Gladis Sotelo de Andreau). Los jueces Horario Rosatti y Carlos Rosenkrantz se excusaron de votar en este expediente, mientras que Juan Carlos Maqueda no votó.

"De  acuerdo  a  los  principios constitucionales  examinados,  la  facultad  ejercida  por  la Provincia de Buenos Aires a través de la ley 10.606 para regular lo   atinente   a   la   titularidad de   los   establecimientos farmacéuticos  no  se  revela  como  desproporcionada  con  la finalidad  perseguida  de  bien  público;  por  el  contrario,  el legislador  provincial  ha  ejercido  sus  facultades  en  forma razonable, y no arbitraria pues se basó en propósitos de salud pública, ampliando la protección de los pacientes garantizada en la  regulación  nacional,  como  una  opción  que  cabe  reputar  como válida", dicta la resolución.

La ley establece en su artículo 3 que las farmacias "por ser una extensión del sistema de salud, estarán racionalmente distribuidas en el territorio provincial, a fin de asegurar la atención y calidad de su servicio".

En ese sentido "se autorizará la habilitación de una farmacia por cada 3.000 habitantes por localidad. En aquellas localidades de menos de 6.000 habitantes se podrá habilitar una segunda farmacia cuando la población exceda los 4.000 habitantes. En todos los casos, deberá existir entre las farmacias una distancia no inferior a los 300 metros, medidos de puerta a puerta por camino peatonal."

La ley tampoco permite la sociedad netamente comerciales, como las S.A., según lo indica el artículo 14, característica que reúne Farmacity.

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