4 de octubre de 2021

Tras difundirse el caso de Elämä

Tras difundirse el caso de Elämä. La Junta Vecinal recuerda la cautelar que restringe el uso de agroquímicos

La Junta Vecinal por un Tandil Saludable recordó la medida cautelar que rige en el partido de Tandil sobre las restricciones en el uso de agroquímicos, tras conocerse el caso en el microemprendimiento "Elämä". 

JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL No 2 - TANDIL. Expte. No50942

"...en función de las facultades otorgadas por los artículos 240, 1710 y 1713 del nuevo Código

Civil y Comercial de la Nación y art. 32 Ley 25.675, dispónese:

2.1. Se encuentra prohibida la fumigación aérea con agroquímicos a una distancia

menor a 2.000 metros de centros poblados (arg. art. 38 del Dec. 499/91 y ley 10699), lugares

habitados, establecimientos escolares, centros de salud, establecimientos elaboradores de

productos alimenticios, campo de bombeo o batería de pozos y cursos de agua.-

2.2.- Suspender toda actividad de fumigación terrestre con agroquímicos en el partido

de Tandil a una distancia menor a 500 metros de lugares habitados, establecimientos

escolares, centros de salud, establecimientos elaboradores de productos alimenticios, campo

de bombeo o batería de pozos y cursos de agua.-

3.- Respecto del tránsito de maquinaria de fumigaciones por zona urbana, tanto de

vehículos autopropulsados -mosquitos- como de tanques cisternas arrastrados por otros

vehículos: no podrán circular por centros poblados salvo en casos de extrema necesidad,

podrán hacerlo sin carga, extremadamente limpios y sin picos pulverizadores. (art. 34 decreto

499/91 y Ordenanza Municipal 12316.

4.- Instar al Municipio de Tandil, como mandato preventivo y en ejercicio a la facultad

que me otorga la materia, a que en el plazo de 60 días corridos conforme una mesa de diálogo

intersectorial para la aplicación, manipulación, traslado y disposición racional y responsable de

agroquímicos, incluyendo su acopio y puntos de venta, ponderando tanto la protección del

medio ambiente y la salud de los habitantes como el desarrollo de la actividad (art. 34 inc. 5 y

36 del CPCC; art. 1710, 1711 y 1713 del Código Civil y Comercial de la Nación), que proponga al

Honorable Concejo Deliberante Local en el plazo máximo de 270 días pautas para la

actualización de la Ordenanza Municipal 12.316 o eventualmente, se proyecte el dictado de

una nueva normativa en la materia."

Recientemente, la resolución del 3/09/21 confirmó la continuidad y vigencia de estas

restricciones por tiempo indeterminado. Consideramos que la Municipalidad de Tandil no

cumple con sus deberes funcionales de cuidado de la salud y el ambiente.

Ya que las fumigaciones con agrotóxicos ponen en jaque nuestro aire, nuestra agua y la calidad

de vida, y siendo que las escuelas rurales del partido se encuentran contaminadas con

agroquímicos tanto en el agua y como en el el suelo, es que consideramos necesario exigir el

cumplimiento de las restricciones antes detalladas y por ello invitamos a difundirlas.

Junta Vecinal por un Ambiente Saludable Tandil

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | La Voz de Tandil | Av. del Valle 1220 - Tandil