4 de mayo de 2011
por Alfredo Martínez (*)
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el proyecto de ley "Régimen especial de contratos de trabajo del personal de casas particulares", más conocido como ley para el servicio doméstico.
Esta iniciativa equipara al mencionado personal con el resto de los empleados públicos y privados del país porque el proyecto no sólo estipula que las personas dedicadas a tareas domésticas a cambio de un sueldo podrán tener, amparadas por una Ley, vacaciones pagas, licencias por maternidad e indemnización por despido, sino también deberán percibir el proporcional por horas extras y días francos trabajados.
El proyecto también establece la prohibición por parte de los empleadores de contratar laboralmente a menores de 16 años, en oposición al decreto que está vigente y que fija la edad en 14 años.
Referido a este punto la norma aclara que los adolescentes entre los 16 y 18 años sólo podrán trabajar hasta 6 horas por día o 36 semanales como máximo, para retirarse posteriormente del lugar.
Esta iniciativa cubre los derechos laborales no sólo de las empleadas domésticas sino también del personal de mantenimiento de una casa, como jardineros o que desempeñen una responsabilidad, específica dentro de la misma, como por ejemplo, choferes, personal de servicio de seguridad y aquellas personas dedicadas al cuidado de enfermos.
Prevé también un régimen de licencias (embarazo, maternidad y enfermedad), similar al establecido por la Ley de Contrato de Trabajo y establece la jornada laboral de 8 horas y fija que las horas extras se pagarán 50 por ciento los días hábiles y 100 por ciento los fines de semana.
Este proyecto estuvo demorado todo 2010 en la Cámara de Diputados y existe la posibilidad de que sea modificado al introducirse mejoras referidas al régimen de las licencias por maternidad y paternidad, mejoras que ya habían sido establecidas el años pasado en una iniciativa de ley impulsado por el Senado de la Nación.
Según el Ministerio de Trabajo en la Argentina existen casi un millón de personas que se dedican a estas tareas, y de ellas el 90% no están debidamente registradas.
(*): Senador de la UCR por Santa Cruz y titular de la Comisión de Trabajo de la cámara alta.
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