24 de junio de 2010
El Ministerio de Trabajo reglamentó ayer la ley aprobada por el Congreso para que las cuentas sueldo no tengan límites en la cantidad de extracciones ni costo alguno para el trabajador. Con la ley anterior, sólo las primeras cuatro extracciones eran gratuitas.
Los bancos no podrán cobrar absolutamente ningún concepto vinculado a la cuenta sueldo y sólo podrán depositarse en ella los haberes mensuales de los trabajadores.
Tampoco podrá cobrarse un costo adicional cuando la extracción se realice por un cajero distinto del de la red a la que pertenece el banco, ya sea Banelco o Link.
El Banco deberá emitir una tarjeta de débito sin cargo, mientras que el envío mensual del resumen y los servicios de internet para el pago de servicios e impuestos deberán ser completamente gratuitos.
Además, el trabajador podrá designar a su cónyuge, conviviente o familiar directo como co-titular de la cuenta, ya que en este régimen se incluye a las asignaciones familiares transferidas por la Anses y las prestaciones por incapacidad.
La condiciones de funcionamiento de las cuentas serán fijadas por le Banco Central de la República Argentina, según la reglamentación oficializada hoy por el Ministerio de Trabajo.
Lo elaboró el Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa) y fue financiado por el BID. Sobre 31 distritos, Tres de Febrero fue el municipio mejor ubicado, seguido por las ciudades de Córdoba y Santa Fe.
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