13 de enero de 2013

Locales

Locales. Las nuevas exigencias a las superficies comerciales aprobadas por el HCD

De ahora en adelante, los inversionistas que pretendan explotar bocas de expendio deberán respetar las modificaciones a la ordenanza 11.781/10, aprobadas por el Concejo Deliberante en diciembre de 2012.

Miembros de la Unión de Comerciantes Minoristas, que presionaron para lograr la norma, entregaron a esta Redacción el detalle fino de la norma, donde se establecen 6 categorías de acuerdo al tamaño. Y también un límite de distancias mínimas entre los locales.

Con esto pretenden detener la masiva radicación de supermercados que atente contra la competencia leal. Y ordenar mejor el mapa comercial de la ciudad.

La flamante clasificación de negocios se divide en “despensa”, “pequeño comercio”, “mediano comercio”, “minimercado”, supermercado” e “hipermercado”.

La despensa podrá tener una superficie máxima de 40 metros cuadrados y el pequeño comercio entre 40 y 150 metros cuadrados.

Los medianos, de 150 a 900 metros, a su vez se dividen en “minimercado” (de 150 a 300 m2) y supermercado (300 a 900 m2).

Los hipermercados, en tanto, superan los 900 m2 y por lo tanto estarán regidos por la Ley Provincial 12.573.

Los supermercados “deberán organizarse de manera tal que entre la línea de cajas y góndolas, heladeras, etcétera, deberá existir una distancia mínima transitable de 2 metros”, refiere la ordenanza.

Y debe existir dentro del predio “un lugar para ingreso y egreso de vehículos destinado a la carga y descarga de mercadería, así como también espacios destinados exclusivamente al estacionamiento de los clientes, a razón de una cochera cada 45 m2 cubiertos de local, dedicados a la exposición y venta”, añade.

Ese sitio para aparcar autos deberá estar a no más de 150 metros de distancia de la puerta principal del comercio.

Si el supermercado supera los 300 m2, “deberá presentar un estudio de impacto socioeconómico realizado por un organismo competente de orden público, preferentemente la Unicen”.

Si estos establecimientos se trasladan, amplían o modifican sus instalaciones, “deberán presentar un nuevo pedido de habilitación”, y por lo tanto, otro estudio de impacto.

En torno a las distancias mínimas entre los negocios, fija que será de una cuadra en el caso del pequeño comercio.

En el caso del mediano comercio, “cuando se encuentren ubicados por fuera del polígono delimitado por avenida Balbín, Buzón, Brasil, López de Osornio, Zarini, Saavedra Lamas, San Gabriel, Quinquela Martín, Gregoria Matorras de San Martín, Estrada, Rivadavia, Perón, Del Valle y Balbín, en el caso del minimercado la distancia mínima será de 4 cuadras y de los supermercados de 10 cuadras.

Asimismo, estos últimos no podrán obtener habilitación municipal hasta tanto no se haya expedido la Comisión Asesora para la Habilitación de Supermercados.

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