7 de septiembre de 2009

Policiales

Policiales. Le decomisan hasta la camioneta tras ser condenados por abigeato

En tiempos donde la policía como desde las fiscalías se alerta que ha recrudecido el delito de abigeato, en cantidad de hechos similares a lo que se padeció en los años de crisis de 2000/2001, la justicia dictaminó un fallo severo para dos imputados de un delito de éstas características, no sólo condenándolos a prisión de ejecución condicional, sino también decomisando incluso la camioneta con que se transportaban para cometer el ilícito esclarecido.
En efecto, en las últimas horas el Tribunal Criminal Nº 1 condenaron a Martín Etcheverry y Cristian Alberto Camilleri, por el delito caratulado "abigeato agravado por el numero de cabezas de ganado menor sustraído y el uso de medio motorizado para su transporte y portación de arma de uso civil sin la debida autorización legal en concurso real".
Según pudo conocerse del reciente veredicto, para el Tribunal, integrado por los jueces Pablo Galli, Guillermo Arecha y Carlos Pocorena, quedó acreditado que los nombrados, entre las ultimas horas del 13 de octubre de 2007 y las 8.25 del 14, se hicieron presentes en el establecimiento rural denominado Aitañu, ubicado transitado por el camino vecinal que une la Ruta Nacional 226 con Pablo Acosta, a la altura del kilómetro 211 de la ruta 226, a unos siete mil metros de la cinta asfáltica, y una vez en el interior del mismo, se apoderaron ilegítimamente de cinco ovejas y un cordero que resulta ser cabezas de ganado menor, que estaban adentro de dos potreros del establecimiento, propiedad de Eduardo Martín Tuculet.
Previo darle muerte, degollándolos con elementos punzo cortantes, se fueron y pusieron los animales al costado del camino cubiertos por pastizales, regresando luego para cargarlos en la camioneta marca Ford F 100, patente B 413975, de color amarillo en la que se trasladaban, para llevar dichos animales hasta la entrada a la ciudad en las primeras horas de la mañana. Asimismo, el par de imputados careciendo de la debida autorización legal portaron dos carabinas.
Para los jueces, existieron elementos de prueba durante el debate para tener por plenamente probado la autoría y responsabilidad en los hechos descriptos que Camilleri y Etcheverry.
Dichos elementos se resumen en que ambos fueron interceptados por una comisión policial cuando llegaban a la entrada de la ciudad a bordo de la camioneta, en posesión de los seis ovinos degollados y las dos carabinas aptas para efectuar disparos.
De la declaración de los testigos como de los propios imputados, se desprende que los hechos quedaron totalmente esclarecidos en cuanto a las responsabilidades.

CALIFICACION
Para el doctor Galli, en coincidencia con el resto del Tribunal, la calificación legal que corresponde otorgar a los hechos en juzgamiento es la de abigeato agravado por el numero de cabezas de ganado menor sustraído y el uso de medio motorizado para el transporte -habida cuenta de que el efectivo apoderamiento de los mismos lo ha sido utilizando el vehículo en el que se movilizaban-, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, delitos previstos y reprimidos en el Código Penal.
En consecuencia, se resolvió condenar a Camilleri y Etcheverry a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Asimismo se ordenó proceder al decomiso de las carabinas, cargadores y proyectiles respectivos y de las dos cuchillas recogidos.
También se secuestró la camioneta que fuera recogida inicialmente para proceder a su decomiso, atento haber sido utilizada para la colisión de los delitos juzgados en la presente causa.

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