9 de octubre de 2025

Locales

Locales. López: "Buscamos proteger y resguardar la salubridad pública" ante la contaminación sonora que provocan las motos

El Secretario de Asuntos Legales, Javier López, brindó detalles sobre la reunión mantenida con la Comisión de Seguridad, Derechos Humanos y Género del Concejo Deliberante, centrada en la necesidad de dotar a los jueces de faltas de herramientas para combatir los ruidos molestos que producen las motos.

La propuesta del Ejecutivo es una Ordenanza que permita el ingreso a domicilios para retirar artefactos que generen contaminación sonora, un punto que constituye la principal "controversia".

López calificó la reunión como "muy productiva", destacando la participación activa de los concejales en el intercambio. Explicó que la iniciativa se alinea con el esfuerzo conjunto del Poder Ejecutivo y el Concejo Deliberante.

"Lo que buscamos desde el ejecutivo es, a partir de la iniciativa de la Secretaría de Protección Ciudadana, proteger y resguardecer la salubridad pública que hoy se está viendo afectada por una suerte de contaminación sonora ambiental provocada por ruidos molestos generados por toda la acción de vehículos en la vía pública que no tienen caños de escapes, digamos, permitidos legalmente".

El funcionario detalló que el proyecto busca que los jueces de faltas obtengan una nueva facultad dentro del juzgamiento de causas contravencionales "sería una herramienta más, pero muy importante para que los Jueces de Falta puedan, en el marco del juzgamiento de causas contravencionales, tener la posibilidad de dictar órdenes de ingreso a un domicilio al solo efecto de retirar los elementos que afectan la salubridad pública. Y este es el punto de conflicto o de controversia".

Los Concejales que conforman la Comisión plantearon la necesidad de "saber desde dónde emergen las facultades de los jueces para poder ordenar este tipo de medidas", especificó y explicó que el marco jurídico que sustenta la propuesta "el artículo 24 de la Constitución Provincial que establece la facultad de ingresar a un domicilio como excepción cuando la salubridad pública se ve afectada. El artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades faculta al Poder Ejecutivo a disponer de medidas, incluso de allanamiento, pero siempre y cuando se encuentre afectada la salubridad pública".

Además, subrayó la necesidad de una Ordenanza específica, "lo que explicábamos es que necesitábamos que establezca específicamente que lo que se protege es la salubridad pública para permitir que un Juez de Faltas dicte esta medida".

López también ejemplificó el modo en que otros municipios implementan medidas similares, citando Ordenanzas de Junín, Villegas y Las Flores. En el caso específico de Junín, el procedimiento requiere primero que el ciudadano, en la causa contravencional, "tiene la posibilidad que entregue los elementos voluntariamente y en caso contrario, se procede a ingresar con la fuerza pública al domicilio al solo efecto de retirar los artefactos por los cuales se genera la afectación de la saludad pública".

Finalmente, López destacó que el intercambio con los concejales fue "sumamente productivo" para que todos puedieran tomar una decisión con "todos los elementos sobre la mesa".

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