9 de octubre de 2025
El Secretario de Asuntos Legales, Javier López, brindó detalles sobre la reunión mantenida con la Comisión de Seguridad, Derechos Humanos y Género del Concejo Deliberante, centrada en la necesidad de dotar a los jueces de faltas de herramientas para combatir los ruidos molestos que producen las motos.
La propuesta del Ejecutivo es una Ordenanza que permita el ingreso a domicilios para retirar artefactos que generen contaminación sonora, un punto que constituye la principal "controversia".
López calificó la reunión como "muy
productiva", destacando la participación activa de los concejales en el
intercambio. Explicó que la iniciativa se alinea con el esfuerzo conjunto del
Poder Ejecutivo y el Concejo Deliberante.
"Lo que buscamos desde el ejecutivo es, a partir de la
iniciativa de la Secretaría de Protección Ciudadana, proteger y resguardecer la
salubridad pública que hoy se está viendo afectada por una suerte de
contaminación sonora ambiental provocada por ruidos molestos generados por toda
la acción de vehículos en la vía pública que no tienen caños de escapes, digamos,
permitidos legalmente".
El funcionario detalló que el proyecto busca que los
jueces de faltas obtengan una nueva facultad dentro del juzgamiento de causas
contravencionales "sería una herramienta más, pero muy importante para que los
Jueces de Falta puedan, en el marco del juzgamiento de causas contravencionales,
tener la posibilidad de dictar órdenes de ingreso a un domicilio al solo efecto
de retirar los elementos que afectan la salubridad pública. Y este es el punto
de conflicto o de controversia".
Los Concejales que conforman la Comisión plantearon la
necesidad de "saber desde dónde emergen las facultades de los jueces para
poder ordenar este tipo de medidas", especificó y explicó que el marco jurídico
que sustenta la propuesta "el artículo 24 de la Constitución Provincial que establece
la facultad de ingresar a un domicilio como excepción cuando la salubridad
pública se ve afectada. El artículo 108 de la Ley Orgánica de las
Municipalidades faculta al Poder Ejecutivo a disponer de medidas, incluso de
allanamiento, pero siempre y cuando se encuentre afectada la salubridad
pública".
Además, subrayó la necesidad de una Ordenanza específica,
"lo que explicábamos es que necesitábamos que establezca específicamente que lo
que se protege es la salubridad pública para permitir que un Juez de Faltas dicte
esta medida".
López también ejemplificó el modo en que otros municipios
implementan medidas similares, citando Ordenanzas de Junín, Villegas y Las
Flores. En el caso específico de Junín, el procedimiento requiere primero que
el ciudadano, en la causa contravencional, "tiene la posibilidad que entregue
los elementos voluntariamente y en caso contrario, se procede a ingresar con la
fuerza pública al domicilio al solo efecto de retirar los artefactos por los
cuales se genera la afectación de la saludad pública".
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