17 de septiembre de 2026

Locales

Locales. Lunghi promulgó la ordenanza que le cede el control del transporte público de Tandil

Tras la aprobación de la Ordenanza 19437 el pasado 10 de septiembre, el Intendente procedió a la promulgación de la misma el pasado lunes 14, fecha a partir de la cual queda vigente la Emergencia del Transporte Público de Tandil, por el plazo de 12 meses. Los principales puntos de la ordenanza.

El Concejo Deliberante sancionó, la semana pasada, la medida que faculta al Municipio a readecuar tarifas, modificar frecuencias y reasignar partidas presupuestarias.

En consecuencia, el Municipio declaró formalmente la Emergencia del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros por un plazo inicial de 12 meses. La medida fue establecida mediante la Ordenanza Nº 19437/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante (HCD) el 10 de septiembre de 2026, y promulgada el 14 de septiembre a través del Decreto Nº 2828/2026 emitido por el intendente Miguel Ángel Lunghi.

El objetivo central de la norma es garantizar la continuidad, regularidad, accesibilidad y sostenibilidad del servicio, preservando el interés público y el derecho a la movilidad urbana de vecinos y vecinas.

Asimismo, se contempla la posibilidad de que el Departamento Ejecutivo prorrogue el plazo de la emergencia, ad referéndum del HCD, en caso de persistir las condiciones que motivaron la medida.

Facultades extraordinarias para el Ejecutivo municipal

Durante la vigencia de la emergencia, el Departamento Ejecutivo queda facultado a aplicar medidas extraordinarias, transitorias y excepcionales tendientes a sostener la prestación del servicio.

Entre las atribuciones otorgadas se destacan:

  • Modificación de esquemas operativos: Readecuar y alterar de forma temporal las frecuencias y los horarios de las líneas, interviniendo sobre el pliego de bases y condiciones del transporte público.
  • Adecuación tarifaria y presupuestaria: Adecuar las tarifas del servicio y efectuar las readecuaciones presupuestarias que resulten necesarias.
  • Asistencia financiera y compensaciones: Instrumentar mecanismos excepcionales de compensación económica, reasignación de partidas financieras y asistencia directa para garantizar la continuidad del sistema.
  • Reorganización operativa: Implementar medidas administrativas y de reorganización funcional enfocadas en la eficiencia y sostenibilidad del sistema.

Todas estas atribuciones deberán ejercerse bajo principios estrictos de razonabilidad, publicidad, transparencia, continuidad del servicio y protección de los derechos de los usuarios.

Controles e informes bimestrales al Concejo Deliberante

Con el fin de transparentar la gestión de la crisis, la ordenanza exige al Departamento Ejecutivo la remisión de un informe detallado cada dos meses al Concejo Deliberante. Dichos reportes deberán dar cuenta de:

  • La situación económica y financiera general del sistema.
  • La evolución de los costos operativos.
  • Las medidas adoptadas en el marco de la emergencia.
  • Los cambios introducidos en recorridos, frecuencias y horarios.
  • El detalle de los recursos provinciales y nacionales gestionados y/o recibidos.

Por su parte, el decreto de promulgación ordenó girar las actuaciones para conocimiento del Sistema Único de Movilidad Ordenada (SUMO), la Secretaría de Economía y Administración, la Secretaría de Protección Ciudadana y la Dirección de Control Urbano Vehicular, entre otras dependencias.

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