5 de marzo de 2025
El diputado radical Facundo Manes presentó una denuncia penal contra Santiago Caputo por "amenazas coactivas" por considerar que fue "intimidado" por el asesor presidencial debido a la influencia que tienen en áreas claves del Estado.
Con el patrocinio del abogados Andrés Gil Domínguez y Mariano Bergés, presentó anoche en forma electrónica la denuncia y se pidió bolillero manual del sorteo en que juzgado caerá esa presentación.
Además, solicitó que se dispongan las medidas pertinentes para "resguardar mi integridad personal y la de mi familia".
Caputo y Manes se cruzaron frente a frente a la salida de la Asamblea Legislativa, aunque ya venían manteniendo una disputa luego del intento del diputado de interrumpir al presidente Javier Milei, quien, a la vez, le respondió, en el marco de su discurso de apertura de la sesiones ordinarias.
En el escrito donde pide constituirse en querellante, Manes señalo que hubo "amenazas coactivas que se llevaron a cabo para intimidar a un Diputado Nacional con el fin de que ese Diputado deje de hacer algo, en este caso, que deje de hacer críticas en el marco de su función, a autoridades del Poder Ejecutivo Nacional, entre ellos -se entiende- el Presidente de la Nación".
Señaló que el objetivo de esa intimidación es "una suerte de disciplinamiento al resto de los legisladores no partidarios".
En los argumentos de la presentación Manes señaló que "más allá de la repercusión periodística del asunto porque involucró a un diputado nacional en el marco del discurso presidencial de apertura de sesiones legislativas y la sorpresiva y violenta intervención del principal asesor del Presidente, el punto aquí es establecer la delictuosidad del comportamiento Santiago Caputo y del resto de personas que lo acompañaban".
Manes señaló que "la inmunidad parlamentaria prohíbe que un diputado o senador sea molestado por sus dichos o votos y el Código Penal brinda una herramienta penal para sancionar a quien intente coaccionarlo mediante amenazas".
"De este modo, el ordenamiento asegura no solo que el legislador no pueda ser judicialmente responsabilizado por sus opiniones, sino también que terceros no puedan impunemente amedrentarlo para condicionar su conducta parlamentaria", detalló.
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