18 de enero de 2012

Nacionales

Nacionales. Moreno controlará la distribución del papel para diarios

BUENOS AIRES.- El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, será el encargado de controlar la distribución del papel para diarios, según una resolución publicada ayer en el Boletín Oficial que generó un fuerte rechazo de dirigentes de la oposición.
El funcionario tendrá a cargo el Registro Nacional de Fabricantes, Distribuidores y Comercializadores de Pasta Celulosa y Papel para Diarios, que "quedará habilitado para el dictado y ejecución de todos los actos tendientes a su instrumentación, funcionamiento, supervisión y control".
La Resolución 9, firmada por el ministro de Economía, Hernán Lorenzino, dispone que la secretaría a cargo de Moreno controlará ese Registro, creado en el Artículo 28 de la Ley Nº 26.736 que fue sancionada y promulgada a fines del año pasado en un veloz trámite.
Desde el PRO, la diputada Cornelia Schmidt-Liermann pidió "transparentar y exponer cuál será el rol (de Moreno) en la distribución del papel para diarios" y exigió que "se explique a la ciudadanía cuáles serán las pautas de distribución y el costo del papel".
También sumó su repudio la diputada de Unión por Todos Patricia Bullrich, quien argumentó que "si bien ya lo venía haciendo de manera informal para el Grupo Olmos, ahora el secretario de Comercio será el encargado en forma oficial de controlar la distribución del papel para diarios".
Moreno ha encabezado una ofensiva contra Papel Prensa, empresa con capitales mayoritarios de los matutinos Clarín y La Nación y donde el 95 por ciento de los clientes son diarios.
El 12 de agosto de 2010, irrumpió en la sede de la papelera, en la que el Estado posee el 27 por ciento, con guantes de box y, recurriendo a amenazas y gritos, impidió que se realizara una votación de los socios.
Según el Artículo tercero de la disposición, "los fabricantes, distribuidores, comercializadores y compradores de pasta celulosa y de papel para diarios actualmente en actividad, contarán con un plazo máximo de 22 días a partir del dictado del acto administrativo correspondiente por parte de la Secretaría de Comercio Interior, a los fines de su inscripción en el Registro Nacional".
Además, el Artículo cuarto indica que "los fabricantes, distribuidores y comercializadores alcanzados por el Artículo 2º de esta Resolución, deberán cumplir con la obligación prevista en el Artículo 18 de la ley en el plazo máximo de 5 días a contar desde la inscripción en el Registro".
Moreno podrá aplicar multas, que serán el equivalente en pesos de una tonelada de producción a 100.000 toneladas de producción de papel para diario, como también la suspensión y clausura, que no podrán ser mayores a una parada técnica.
Por su parte, el diputado radical Miguel Giubergia afirmó que "si seguimos así, Moreno va a terminar teniendo más poder que la presidenta Cristina Fernández" y denunció que "sin tener el cargo, Moreno es tan superministro como lo fue Domingo Cavallo".
También cuestionó la designación el diputado por el Frente Amplio Progresista Gerardo Milman, quien opinó que "no es otra cosa que la cabal demostración de que el Gobierno solo busca controlar a quienes fabrican, compran o importan papel".
El Artículo quinto consigna que "los fabricantes, distribuidores y comercializadores de pasta celulosa y de papel para diarios, deberán cumplir con la obligación de publicar los balances, prevista en el Artículo 19, y la información prevista en el Artículo 20, en la misma página de Internet creada a fin de cumplir con lo dispuesto por el Artículo 18 de la Ley Nº 26.736".
"Encomiéndase a la Secretaría de Comercio Interior la toma de todas las medidas conducentes a fin de tornar operativo el funcionamiento de la Comisión Federal Asesora para la Promoción de la Producción y Uso Sustentable de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios creada por el Artículo 12 de la Ley Nº 26.736, coordinando su accionar", se especificó.
Y se fijó el volumen estimado de importaciones necesarias para el trimestre enero-marzo de 2012 en 20.000 toneladas de papel para diario y el volumen estimado de producción nacional para idéntico período en 42.500 toneladas de idéntico producto.
La fiscalización, verificación y control del cumplimiento de la Ley Nº 26.736 será ejercida a través de la Secretaría de Comercio Interior.

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