22 de diciembre de 2021

Audiencia en el Ministerio de Trabajo

Audiencia en el Ministerio de Trabajo . Municipales avanzaron en reclamos por Asignación por Hijo y Planta Permanente

Ayer se llevó a cabo una nueva audiencia en el Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires, por las presentaciones y reclamos a incumplimientos del Municipio. 

En cuanto a la asignación por hijo, "el Municipio llevo una propuesta para el pago de la ASIGNACIÓN POR HIJO DE ACUERDO AL DECRETO 719/ 2021 que establecía el pago doble de la asignación por los meses de octubre y noviembre para quienes están en los dos niveles más bajos de la escala de acuerdo la legislación nacional, LA QUE SE HARÁ EFECTIVA EN EL MES DE ENERO y FEBRERO.

En cuanto a la RESOLUCIÓN 246/21 DE ANSES del 1° de diciembre, mediante la cual se que incrementan el valor de todas las asignaciones desde esa fecha y  otorga un nuevo complemento para los menores ingresos, SE ABONARÁ COMO ESTÁ ESTABLECIDO CON EL SUELDO DE ESTE MES.

PLANTA PERMANENTE

El Municipio acerco un decreto de un área, dónde se establece la regularización de los trabajadores allí incluidos de acuerdo al CCT, y los contratos comenzarán a cumplir con lo determinado en el mismo.

Se estableció una nueva audiencia para el próximo día 28 de diciembre, en la que se deberá dar tratamiento y resolver sobre la situación de trabajadores de otras áreas, y en particular de las áreas de Desarrollo Humano y Hábitat y del SISP  que se encuentren con contratos no ajustados al Convenio Colectivo. De la misma forma que se convoque a la Junta de Ascensos y promociones para evaluar los casos de contratos de reemplazos hoy existentes.

En este último caso requerimos que en la próxima audiencia concurran autoridades del SISP, ya que entendemos necesaria su presencia para avanzar sobre los casos del área.

INFORMACIÓN 

El Municipio acuerda comenzar a partir de enero del 2022 con el cumplimiento del artículo 57° de la Ley 14656 y artículo 13º del CCT (entre otros que regulan el tema). Solicitamos a su vez que se involucre a la Secretaría de Economía, al departamento del RRHH del SISP y a la UST (Unidad de Salud en el Trabajo), también establecer un mecanismo de elaboración de la información técnica para que brindar la misma se haga de manera fluida

Recordemos que estos artículos obliga al Municipio a brindar toda la información necesaria para llevar adelante las negociaciones:

Recaudación bruta mensual del Municipio.

Costo laboral unitario.

Causales e indicadores de ausencia de personal.

Innovaciones tecnológicas y organizacionales previstas.

Organización, duración y distribución del tiempo de trabajo.

Siniestralidad laboral y medidas de prevención.

Planes y acciones en materia de formación profesional.

De nuestra parte reiteramos la exigencia al Municipio que cese con la violación de lo acordado en el CCT y al Ministerio de Trabajo le solicitamos que de cumplimiento al artículo 60° de la Ley 14656 en ejercicio de sus facultades.


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