25 de enero de 2017

Nacionales

Nacionales. No se pone atención en la salud de los trabajadores sino en reducir el reclamo judicial.

Por Héctor Recalde (*)

El presidente de la Nación ha decidido nuevamente empezar el año avanzando
y recortando los derechos de los trabajadores, a través del Decreto de
Necesidad y Urgencia (DNU) que modificó el actual sistema de Riegos de
Trabajo. Todo esto, sin esperar la discusión parlamentaria imprescindible y
a pesar de que un proyecto oficial sobre la materia ya obtuvo media sanción
en el Senado de la Nación, y solo restaba la discusión en la Cámara de
Diputados de la Nación. Para esto, el Poder Ejecutivo podía convocar a
sesiones extraordinarias, si es que existía la urgencia en la que el
presidente justifica la utilización del DNU. Sin embargo, anticipándose a
que en Diputados tanto los representantes gremiales de ambas centrales como
los diputados de distintas fuerzas políticas iban a oponerse a resignar
derechos adquiridos de los trabajadores, el presidente decidió tomar un
atajo preñado de inconstitucionalidad. Tanto es así que ya sobran las
expresiones de miembros de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite
Legislativo que controla los DNU que anticipan el rechazo de este DNU el
próximo 2 de febrero.
El DNU 54/2017 viola la garantía de protección del artículo 14 bis, el
artículo 18 y el artículo 75 de la Constitución Nacional; choca con la
establecido en el artículo 99, que limita la utilización de la figura del
DNU a supuestos de excepción, que, como mencionamos, no se encuentran
reunidos; viola lo establecido en la Convención Americana de Derechos
Humanos en los artículos 25 y 26; por último, intenta invadir
jurisdicciones provinciales porque tiene como objetivo modificar códigos de
procedimientos locales con una ley nacional. Al mismo tiempo, el decreto
viola al derecho de acceso a la Justicia, al plantear la obligatoriedad de
pasar por un organismo administrativo integrado por médicos, no letrados,
que tienen que resolver cuestiones de derecho, es decir, que el trabajador
queda a merced de los médicos que están discutiendo -en la inmensa mayoría
de las veces situaciones- cuestiones jurídicas. De esta forma, se le dan
facultades a las comisiones médicas como si fueran tribunales, cuando la
experiencia nos indica que el trabajador sometido a ese sistema sufre una
verdadero "vía crucis". No nos olvidemos que las ARTs son empresas con
fines de lucro y, lo que finalmente ocurre es que cuando se mezcla el lucro
con la seguridad social se produce un cortocircuito, como ya observamos
anteriormente en los años noventa, tanto con las ARTs como también con las
AFJPs.
Si actualmente el sistema no cumplía de forma eficiente con la atención de
los trabajadores que sufrían un accidente o una enfermedad derivada de su
actividad, este DNU solo agrava y profundiza las actuales fallas del
sistema. En vez de poner atención en la prevención y en el cuidado de la
salud de los trabajadores, en concordancia con el espíritu original de todo
subsistema de seguridad social, mediante la instrumentación de medidas
destinadas a la prevención de la siniestralidad laboral y, eventualmente, a
una adecuada reparación del trabajador damnificado, esta modificación pone
el foco en evitar y reducir el posible reclamo judicial de los
trabajadores, atento a responder de forma directa a los intereses de las
Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (A.R.T.).
El derrotero de la ley de Riesgos de Trabajo comenzó con la flexibilización
laboral de 1991 y se profundizó en el año 1995 con la ley Nº 24.557, todo
con el espíritu de época de esos años, y por eso obtuvo tantas
declaraciones de inconstitucionalidad por parte de la Justicia, por lo que
es cierto que, para obtener estas declaraciones, en estos años aumentaron
los juicios laborales. Sin embargo, este DNU no traerá aparejada una
reducción de los mismos, sino lo contrario, y me atrevo a anticipar que la
justicia, en sintonía con los múltiples fallos dictados por la Corte
Suprema en la materia, resolverá la inconstitucionalidad del DNU 54/2017.
La gravedad de este pronóstico no reside sólo en el posible aumento de la
litigiosidad. Las múltiples y reiteradas violaciones a la Constitución, a
tratados internacionales y a leyes generan no sólo una gran inseguridad
jurídica sino que también atentan contra la institucionalidad del país que
tanto esfuerzo y sufrimiento nos ha costado recuperar y mantener.
El derecho a la seguridad social de todos los trabajadores es una conquista
materializada en la conciencia individual de cada trabajador como también
en las distintas organizaciones sindicales que nuclean y representan al
movimiento obrero, por lo que anticipo que este DNU pasará a la historia
como un intento, infructuoso, de alterar la relación entre capital y
trabajo, enmarcado en la concepción que el actual gobierno tiene de los
trabajadores y de sus derechos como "costos" laborales y no como parte del
pueblo para el cual debe gobernar.

(*)El presidente del bloque de diputados nacionales del PJ-Frente para la
Victoria.

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