28 de abril de 2022
El Ministerio de Salud dio a conocer este jueves nuevas
condiciones para el registro del programa de autocultivadores de cannabis
medicinal (Reprocann) con novedades que incluyen un consentimiento informado
bilateral, nuevos rangos permitidos para el cultivo controlado de cannabis
sativa y la simplificación del acceso de los pacientes a tratamientos con fines
medicinales, terapéuticos y paliativos.
El Reprocann es una base de datos diseñada para poder
registrar a aquellas personas que cuenten con las condiciones para acceder a un
cultivo controlado de la planta de Cannabis, con fines de tratamiento
medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. La inscripción concluye con la
extensión de un certificado de cultivo autorizado por el Ministerio de Salud de
la Nación.
Puede inscribirse toda persona que cuente con indicación
médica y haya firmado el consentimiento informado correspondiente. Se admiten
registro a trámite personal, o a través de un familiar, o una tercera persona u
organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación.
Las nuevas condiciones establecidas en la resolución
ministerial 782/2022 se acordaron a partir de un trabajo articulado entre la
cartera sanitaria nacional y las organizaciones civiles vinculadas al Consejo
Consultivo Honorario del Programa.
"Este trabajo es el resultado de un proceso de
evaluación articulado del que participaron autoridades del Ministerio de Salud
de la Nación, los miembros del Consejo Consultivo Honorario del Programa y
referentes de las organizaciones no gubernamentales representantes de la
sociedad civil", afirmó el coordinador del Programa Nacional para el
Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus
Derivados y Tratamientos No Convencionales, Marcelo Morante.
Respecto de la ampliación de los rangos permitidos para el
cultivo controlado de cannabis sativa, la resolución incorpora la opción de
cultivar en el exterior y hasta 15 metros cuadrados. Anteriormente, solo se
permitía la producción en el interior.
También se presenta el nuevo Consentimiento Informado
Bilateral, una herramienta que simplifica la vinculación entre el médico y el
paciente al reducir los pasos para garantizar el acceso a los tratamientos de
los usuarios de cannabis con fines medicinales, terapéuticos y paliativos.
Finalmente, la resolución incorpora al circuito a las
organizaciones civiles debidamente registradas en el Misterio de Salud, ya que
las autoriza a cultivar para provisión de un paciente registrado. En ese
sentido, establece un máximo de 150 personas que pueden ser abastecidas por
cada ONG registrada.
El resto de los parámetros para el cultivo controlado siguen
sin modificaciones, por lo que la cantidad de plantas florecidas será de 1 a 9
por persona y la cantidad de espacio para cultivo interior se ubica en hasta 6
metros cuadrados. En referencia al transporte, las cantidades por persona podrán
ser entre 1 y 6 frascos de 30ml o hasta 40 gramos de flores.
Fuente: Telam.
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