19 de mayo de 2011

Locales

Locales. Objeciones al plan de desarrollo territorial y plan de manejo proyectado

Un grupo de vecinos que se sienten damnificados por el por el Plan de Desarrollo Territorial vigente se han declarado en estado de alerta por el proyecto de Plan de Manejo hoy a consideración por las autoridades municipales.

En ese contexto, a principios de mes se hizo entrega al Ejecutivo de un documento en que expresan sus objeciones a lo proyectado desde la comuna, que impone serias restricciones a proyectos inmobiliarios que los demandantes proyectaban realizar.

Este Diario tuvo acceso a dicho informe que está en manos del jefe comunal a la espera de una respuesta al pedido de audiencia, y a modo de presentación aspiran, proponen, reformar al Plan de Desarrollo Territorial -PDT- para que no se constituya “en un instrumento para el cercenamiento de derechos particulares sino en una herramienta para el desarrollo armónico de Tandil, de su ambiente y su gente”.

Señalan en el texto, que un PDT debe procurar un desarrollo sustentable, en beneficio de la comunidad tandilense. Si bien reconocen partidarios de preservar el paisaje, las sierras, el agua, la flora y fauna, aclaran que no acuerdan con la “inmovilización del suelo”, el “impedir el contacto o el disfrute de la naturaleza”. Bajo ese espíritu, se subraya que el paisaje no es una fotografía inmóvil que se observa desde lejos sin tocarlo, sino un ambiente en el que se sumerge, se vive y se desarrollan actividades recreativas, económicas y culturales.

A la vez, añaden que proteger una zona no significa inmovilizar el suelo, prohibir la construcción o el desarrollo de quintas y espacios de recreación como parece desprenderse de algunas posturas extremas en la materia. Para ellos, protegerlo es procurar un desarrollo sustentable.

Por tal motivo resulta imprescindible que se revea el Plan de Manejo en elaboración y se flexibilicen las normas del PDT a fin de adecuarlas tanto a las normas constitucionales como a un proyecto de Desarrollo Sustentable para Tandil. Todo ello con el propósito de hallar una solución razonable a las cuestiones planteadas en un marco de diálogo y de evitación de todo tipo de litigiosidad.

No hay posibilidad de "ordenar el territorio" si las normas se olvidan de la participación del sujeto al cual van destinadas. Cuando esto ocurre se generan conflictos y no consensos. Dichas normativas tarde o temprano se traducen en un fracaso y solo logran una perdida de tiempo, generando perjuicios a los ciudadanos y un atraso en el desarrollo y crecimiento de la ciudad.

Por todo ello los vecinos damnificados por el Plan de Desarrollo Territorial y en alerta por la eventual aprobación del Plan de Manejo que se ha proyectado solicitamos se nos dé la participación que nos corresponde en su discusión y elaboración.

CRITICAS A LA NORMATIVA VIGENTE

Para los vecinos, el PDT vigente “olvida que un territorio es la suma de quienes lo habitan, los bienes físicos y la cultura que establece el vínculo del hombre y su espacio. Como también “olvida que su razón de ser es preservar el medio de vida y mejorar las condiciones hacia el futuro, no solo de un "conjunto abstracto" sino de cada persona, cada barrio, cada núcleo de habitantes de Tandil.

En definitiva, expresan que se “olvida al hombre concreto que tiene derecho al uso y tiene prioridad en la "apropiación" del valor generado en él”.

Señalan como fragante contradicción que el PDT dispone que las Zonas Cerro Movediza, El Centinela, La Cascada y Reserva Natural Sierra del Tigre se deberán “preservar en su estado natural” y a continuación “prohíbe toda actividad económica”, aunque, luego admite seguidamente las actividades turísticas, educativas y culturales.

Sentencian, al respecto, que si estas actividades no se hubieran desarrollado en esas zonas, Tandil no hubiera tenido el extraordinario desarrollo turístico que la ha caracterizado al punto de situarla entre los destinos más importantes del país, con la consiguiente generación de un sinnúmero de fuentes de trabajo en nuestra ciudad.

“La normativa es claramente autocontradictoria: expresa un propósito lírico, idealista e incumplible, y a continuación se desdice, ya que hacerlo efectivo sería catastrófico. Todos los sectores de nuestra comunidad han apoyado el desarrollo turístico, que permitió crecer, generar empleo, dar a conocer nuestra ciudad e instalar la marca Tandil en todo el país y más allá de él. Si las zonas citadas hubieran sido intangibles, nada de esto se hubiera dado”, sostienen.

Asimismo, remarcan como una falacia absoluta pensar que prohibiendo toda actividad se cuida el paisaje. Aquí se pone como ejemplo el Cerro El Centinela: “antes de su explotación por el actual concesionario, se hallaba abandonado y sufrió un incendio que casi destruye toda su vegetación. En la actualidad mantiene su belleza natural a lo que se agregan magníficas construcciones y el cuidado de la vegetación. Hoy está más cuidado y preservado que antes”.

LAS PARCELAS

En particular, los demandantes objetan puntualmente “la imposibilidad de subdividir las parcelas; los usos previstos como autorizables, compatibles y prohibidos; y los indicadores urbanísticos fijados”.

Antes de analizar dichos parámetros aclaran que la Zona Protegida no es un Parque Nacional. Los predios que ella incluye son de propiedad privada. De allí que carece de sentido sostener como objetivo su conservación “para uso y goce de todos los habitantes”, tal reza el plan.

Se indica en el documento que la subdivisión es “irracional porque es una dimensión desproporcionada para una quinta particular, que preserva esa posibilidad de hábitat para una pequeña minoría de altos ingresos, en detrimento de un sector más amplio que podría acceder a quintas más reducidas (por ej. 3.000 m2) pero suficientes para el esparcimiento”.

A la vez, señalan que es falso que de esta forma se protege el paisaje o ecosistema, dado que las parcelas quedan abandonadas, convertidas en baldíos, afeando el paisaje.

“Una parcela cuidada embellece la vista panorámica. No hay bosques naturales que proteger en las sierras de Tandil como los hay en los Parques Nacionales. Sólo hay áreas forestadas con especies foráneas introducidas por el hombre. Desconocemos que especies animales se quiere proteger, ya que las normas aprobadas no lo aclaran”.

Ante ello, reclaman un plan racional que encuentre “un punto de equilibrio que evite convertir a la zona en un área urbana pero haga posible su aprovechamiento por los tandilenses. Un cinturón de quintas es la mejor forma de preservar el ambiente, impedir su degradación y su eventual ocupación por intrusos”, expresan.

Para los vecinos, la construcción de viviendas en el faldeo serrano no afecta al paisaje, muchas veces lo realza (como por ejemplo La Posada de los Pájaros y tantos otros). La ley de Paisaje Protegido, recuerdan, habla de paisajes antropizados, no sólo de paisajes naturales.

No se deja de mencionar que se observa con preocupación como hoy se construye en la cima (caso de algún country) con el beneplácito municipal y a ellos se los quiere prohibir prácticamente toda construcción.

“La limitación casi absoluta de los usos previstos lleva a la inutilización de las parcelas afectadas lo importa una virtual anulación del derecho de propiedad con graves consecuencias económicas y jurídicas”, acusan.


Derechos y mercado

Según los demandantes, el PDT y el Plan de Manejo lesionan derechos básicos de los habitantes sin dar por resultado ningún beneficio a la comunidad y sin prever ningún tipo de compensación.

En efecto, dichos instrumentos: “afectan el derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita (art. 14 CN)”; “lesionan el derecho de propiedad (art. 17 CN)”; “afectan el principio de igualdad ante la ley (art. 16 CN)”; “reducen la competencia y distorsionan el mercado (art. 42)”.

Se argumenta que la prohibición de realizar actividades económicas (complejos de cabañas, salas de reunión, restaurants, etc.) sin ninguna razón medioambiental que lo justifique, afecta en forma directa el derecho a ejercer toda industria lícita que consagra la Constitución Nacional.

“La inutilización casi absoluta de las parcelas se traduce en una lesión actual, real y grave del derecho de propiedad. El mismo no consiste sólo en el derecho a disponer del bien sino de usarlo, de cosechar sus frutos. La inmensa cantidad de actividades prohibidas importan una virtual inutilización del bien con consecuencias económicas de pérdida de valor de uso y venal”.

También consideran que se afecta la igualdad ante la ley por cuanto parcelas en idénticas condiciones ambientales, sólo separadas por una calle, poseen indicadores urbanísticos radicalmente distintos, sin ninguna razón que lo justifique. A su vez las diferencias abismales que se establecen con las parcelas preexistentes y las actividades que hoy se desarrollan agravan esa desigualdad.

De esa distorsión resulta también una clara afectación de la competencia. “Se crea una reserva de mercado, por cuanto quienes ya desarrollan actividades de cualquier tipo (cabañas, salones de fiestas, venta de artesanías, etc.) quedan a resguardo de futuros competidores. Como toda distorsión de los mercados el resultado es un aumento del precio de la tierra y de los productos y servicios que se ofrecen en detrimento del usuario y consumidor (art. 42 CN)”.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | La Voz de Tandil | Av. del Valle 1220 - Tandil