12 de abril de 2020
Las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el
colectivo de trastorno del espectro autista, pueden realizar breves salidas en
la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente.
En tales casos, las personas asistidas y su acompañante
deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el
Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el
diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma
digital.
Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas
con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del
espectro autista.
Los profesionales deberán portar copia del Documento
Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de
Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos
previstos en el inciso anterior.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227686/20200411
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