19 de marzo de 2010

Policiales

Policiales. Piden 4 y 9 años de prisión por portación de arma y encubrimiento

Puntualmente a las 9 de ayer, el Tribunal Criminal Nº 1 dio inicio a un debate en que se juzga la responsabilidad penal de dos jóvenes acusados de encubrimiento y portación de arma de fuego. Tras la etapa de presentación de prueba, el ministerio público pidió una severa condena para ambos: 4 años y 8 meses y 9 años de prisión, respectivamente.
Se trata de Ezequiel Vivas y Lucas Cucarese, quienes en febrero de 2009 fueron interceptados por personal policial cuando viajaban en un remís y se le secuestró un bolso cargado de elementos que habían sido sustraídos horas antes de un domicilio que fue robado por autores ignorados.
La particularidad de las severas penas solicitadas por el fiscal Gustavo Morey remitieron a la situación que pesa sobre los acusados. Más precisamente los antecedentes. Vivas por esos días estaba bajo la guarda de sus progenitores por disposición judicial, habida cuenta que cuando era menor (17 años) había sido condenado por un homicidio cometido en la vecina ciudad de Olavarría, donde es oriundo.
Según se conoció, en noviembre de 2008 un Tribunal lo juzgó bajo el sistema que rige con el Fuero de Responsabilidad Juvenil, que, una vez asumida la mayoría de edad se dispuso de un Tribunal para evaluar su futuro procesal. Así fue que se decidió dejarlo en guarda de sus padres, a la vez que se resolvió un seguimiento de su conducta por seis meses. En ese período, entonces, se lo interceptó en nuestra ciudad con el sospechoso bolso robado en una vivienda.
La detención se produjo en la esquina de avenida Del Valle y calle Figueroa, cuando ambos sospechosos viajaban en un remís, cuyo chofer había alertado a la central sobre la actitud sospechosa de los clientes. El alerta se trasladó a la policía y así fue que los interceptaron y le secuestraron el bolso con elementos que habían sido robados horas antes en la vivienda, entre ellos un revolver calibre 38. Elementos todos reconocidos por el damnificado.
En el alegato, consecuentemente, el fiscal solicitó que se califiquen los hechos como portación ilegal de arma de fuego apta para el disparo y encubrimiento, endilgando a ambos imputados la coautoría de los sucesos ventilados.

DEFENSA

Al turno de alegato de la Defensa, el doctor Diego Araujo anticipó el pedido de absolución de los acusados, enfatizando puntualmente que no se había acreditado la portación de arma que endilgó el fiscal.
Primeramente cuestionó por las contradicciones que incurrieron los efectivos policiales que intervinieron en el caso y prestaron testimonio, para luego detallar que según la cronología de los hechos, sólo se puede hablar de 17 minutos de tenencia del bolso con los elementos robados en la casa.
Para Araujo, no existió vinculación alguna con el bolso y sus defendidos hasta que pararon en un domicilio de calle Dinamarca al 200, finca conocida habida cuenta que su residente está sospechado -ahora aguarda por un juicio- por el crimen del comerciante Cano del barrio Calvario.
Ya sobre la portación, el defensor insistió en que no se podía hablar de una portación de arma compartida, como así también consideró que el revólver no era de fácil acceso como sugirió el fiscal (debajo del resto de los elementos del bolso).
En definitiva, Araujo planteó que se debía aludir a una portación atenuada, para así finalmente solicitar la absolución de Vivas. Sobre la unificación de penas para éste último, entendió que no podía resolver el diferendo habida cuenta que no sabía el resultado del actual debate.
Los jueces Guillermo Arecha, Pablo Galli y Gustavo Echevarría finalmente resolvieron que el venidero jueves, a las 12, se conocerá el veredicto.

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