25 de septiembre de 2010

Policiales

Policiales. Piden seis y cinco años de prisión por tenencia de droga para comercializar

Ayer retomó la audiencia oral y pública en el Tribunal Criminal Nº 1 en el que se juzga la responsabilidad penal de dos hombres acusados de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Tal se adelantó, el ministerio público fiscal sostuvo la acusación en los dichos de los policías que investigaron el caso y los testimonios de los civiles que participaron del allanamiento, pidiendo en consecuencia la condena a los imputados. Las defensas, a su turno, insistieron en las fragantes irregularidades de la investigación, pidiendo la nulidad de todo lo actuado, para así pedir la absolución de sus clientes.

En efecto, el fiscal Luis María Surget dio por acreditado los hechos ventilados y las responsabilidad de Juan Pablo López y Cristian Nissen, pidiendo la pena de seis años de prisión y dos mil pesos de multa, y cinco años de prisión y 1.500 pesos de multa, respectivamente, por el delito de comercialización de estupefacientes y tenencia de droga para su comercialización en concurso real.

Como se detalló, la droga hallada alude a 26 envoltorios de cocaína (31,8 gramos) y un trozo compacto de 30 gramos de marihuana, además de otros elementos (recortes de bolsas de nylon) que para la fiscalía resultan también indicios del fraccionamiento con fines de comercialización.
Asimismo, Surget se tomó de las filmaciones y grabaciones telefónicas como indicios vehementes que acreditaban la actividad ilícita de los acusados.

Según el fiscal, hubo coincidencias en los testimonios de los policías que atestiguaron como de los testigos civiles que protagonizaron el allanamiento.

LAS DEFENSAS

Los defensores, en cambio, intentaron dilapidar uno y cada uno de los elementos incriminantes para echar por tierra la acusación, y así pedir que tras dos años de estar detenidos los imputados recuperen su libertad.

El doctor Luciano Tumini (patrocinante de Nessi) como César Sivo (por López) resultaron contestes a la hora de criticar el accionar policial que desembocó en la precaria pesquisa que, a sus pareceres, resultaron carentes de todo tipo de pruebas objetivas contra sus clientes.

Desde cómo se realizaron las tareas de inteligencia, las filmaciones, escuchas telefónicas, hasta el mismísimo allanamiento, formaron parte de los cuestionamientos, dejando instalado, incluso, la posibilidad de que la droga haya sido “plantada”.

Respecto a Nessi, Tumini no escatimó en reproches al agente fiscal, al considerar que realizó denodados esfuerzos por mantener una imputación por algo que no ocurrió, aseverando que Surget debió retirar la acusación contra Nessi, habida cuenta que se trató todo de meras apreciaciones subjetivas.

Subrayó que su defendido apareció en la causa de forma secundaria, sólo a través de una filmación a la cual le dedicó varios párrafos para desacreditarla. Insistió en que en ningún momento quedó confirmado que el supuesto comprador le entregara dinero al acusado en el pasamano en la vía pública.

También afirmó como graves las irregularidades denotadas en el allanamiento del galpón donde trabajaba Nessi, dejando instalada la duda que los estupefacientes hayan sido plantados o, al menos, fuese de otra persona y no de su cliente.

Al turno de la defensa de López, fue el abogado César Sivo quien arremetió contra lo investigado, con un alegato apasionado, histriónico, con humoradas e ironías de por medio, que permitieron que el largo tiempo empleado haya sido por demás entretenido.

El letrado ratificó su convencimiento de que en ningún momento las escuchas acreditaron que la voz era de su defendido, como así también dejó flotando en el aire la sospecha que los efectivos tuvieron tiempo de poner la droga debajo del colchón antes que el policía y el testigo civil requisaran la habitación.

No dejó de nombrar también la errática confección del acta de procedimiento, en el que constaban nombres de efectivos que no se acreditó su presencia, como la falta de la firma del uniformado encargado de requisar la propiedad.

Pero antes de adentrarse en los pormenores de la cuestionada pesquisa, quiso dejar sentada su preocupación frente a lo que entendió como una tendencia peligrosa encarada por el Estado a la hora de presentar estos casos como una lucha desigual contra el flagelo de la droga.

Dijo que el Estado, a lo largo de los tiempos, se ha salido del cumplimiento de las normas y atentó contra las garantías constitucionales a favor o con la excusa de luchar contra distintos “flagelos”.
Se remontó desde la inquisición a la gestapo, sin obviar el terrorismo de Estado padecido en la dictadura argentina, para desmenuzar el convencimiento existente en darle cabida a una denuncia anónima (como ocurrió con el inicio de esta causa) para así abrir una investigación que ponen en riesgo la privacidad de las personas.

Incluso se tomó de una ecuación económica para concluir en que demandó dos años de investigación (con los costos que ello implica para el sistema estatal) para terminar con el secuestro de droga por 900 pesos.

Con ironía, sugirió que en verdad había que hacer una denuncia en defensa al consumidor, frente a la magra calidad de la droga secuestrada y el pésimo negocio que redundaba en la presunta comercialización. Subrayó además que la atemporalidad con que se sucedieron los procedimientos durante los dos años no hacían más que probar la debilidad de la pesquisa, entendiendo que el Estado había perdido el tiempo y, consecuentemente, debía encontrar, sí o sí, algún resultado.

Insistiendo en la nulidad de todo lo actuado, añadió que no se probó la ultraintencionalidad que amerita el delito de comercialización, dado que los reportes de las escuchas telefónicas en ningún momento certifican que resulten del teléfono y/o la voz de López. También consideró que los recortes de bolsas de nylon tampoco resultan indicios, dado que podrían interpretarse como un potencial vendedor o comprador, habida cuenta de la adicción que su defendido padece.

Así fue que criticó que en toda la causa apareciese el posible consumidor o proveedor, lo que serviría para definir el suministro oneroso de la presunta comercialización.

No dejó de cuestionar el hallazgo de la droga debajo del colchón de la cama de López, dejando instalada la duda de que pudo ser planteada o, subsidiariamente, utilizada para consumo personal.
Así culminaría el tiempo de los alegatos, para que el Tribunal dispusiera fecha para la nueva cita. Será el venidero 5 de octubre, cuando se ventile el veredicto.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | La Voz de Tandil | Av. del Valle 1220 - Tandil