28 de mayo de 2013
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recuerda que el 1 de junio vence el plazo para la inscripción obligatoria de los establecimientos lecheros y cabañas, en el marco del Plan Nacional de Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina.
El trámite es gratuito y debe realizarse en la Oficina del Senasa más próxima al predio productivo. Abarca a todos los establecimientos lecheros bovinos y caprinos; cabañas de bovinos y caprinos (carne y leche) y establecimientos y cabañas de ovinos de leche, según la Resolución Senasa 128/2012.
Pasado dicho plazo sin haber efectuado la correspondiente inscripción, los establecimientos no podrán realizar movimientos de ganado, emitir Documentos de Tránsito Electrónico (DTe) o Documentos para el Tránsito de Animales (DTA), hasta que regularicen la situación.
Una vez inscriptos los establecimientos, deberán implementar dos pruebas tuberculínicas anuales con un intervalo mínimo de sesenta días y un máximo de seis meses entre cada una de ellas.
Para lograr la Certificación Oficial de Tuberculosis dichas pruebas deben arrojar resultados negativos.
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