7 de noviembre de 2020
Tandil, junto a los municipios de Mar del Plata, Bahía Blanca, Laprida, Roque Pérez, San Nicolás, San Cayetano, Balcarce, Castelli y Pila, deben permanecer en Aislamiento debido al nivel de circulación comunitaria del virus.
En la tarde del viernes el Presidente Alberto Fernández
dio a conocer las nuevas disposiciones donde se informó que el AMBA pasa a la
fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) desde el 9 al
29 de noviembre. El DNU que fue publicado hoy indica que ésta disposición
incluye a "todas las personas que residan o transiten en los aglomerados
urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias argentinas que no
posean transmisión comunitaria sostenida del virus". Y se estableció la
continuidad del ASPO para "las personas que residan en los aglomerados urbanos
y en los Departamentos y Partidos de las provincias argentinas que posean
transmisión comunitaria sostenida del virus SARS-CoV-2".
El Decreto que fue publicado ésta mañana en el Boletín
Oficial ubica a las ciudades de "General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás,
Laprida, Pila, San Cayetano, Balcarce, Castelli, Roque Pérez y Tandil" en ASPO
junto con aglomerados en otras 9 provincias que "presentan transmisión
comunitaria sostenida del virus, o aumento brusco del número de casos de
COVID-19, o tensión en el sistema de salud, por lo cual requieren de un
especial abordaje para controlar el crecimiento del número de casos".
Cuáles son las diferencias entre el
"aislamiento" y el "distanciamiento" social
El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)
dispuesto por las autoridades por primera vez el 20 de marzo pasado en virtud
de la pandemia del coronavirus guarda diferencias marcadas respecto del
Distanciamiento Social Obligatorio (Dispo).
Aislamiento
Cuando rige el aislamiento, las personas pueden
únicamente desarrollar y circular a fin de realizar las actividades que han
sido autorizadas o que se consideran esenciales.
Esto abarca tanto la provisión de productos y servicios
esenciales y, actualmente, la realización de la mayoría de las actividades
económicas y ciertas actividades sociales y deportivas recreativas.
Todas esas actividades deben ser desarrolladas de acuerdo
a estrictos protocolos y control sanitario que hicieron posible su aprobación.
Bajo la modalidad del ASPO, las actividades pueden ser
autorizadas por la jefatura de Gabinete en las localidades de más de 500.000
habitantes -previo pedido del gobernador- o por el propio mandatario
provincial, en los casos de localidades de menos de 500.000 habitantes.
Distanciamiento Social Obligatorio
En tanto, la modalidad de DISPO implica que "pueden
desarrollarse la mayoría de las actividades económicas y sociales, cumpliendo
los protocolos sanitarios establecidos por cada jurisdicción y mantener la
distancia física de dos metros con otras personas, el uso del barbijo, el
lavado de manos y la ventilación de ambientes, y con prohibición de las aglomeraciones".
Asimismo, se establecen disposiciones comunes respecto de
los grupos en riesgo, los límites a la circulación, el transporte público
interurbano e interjurisdiccional, los controles efectuados por el Ministerio
de Seguridad, la fiscalización coordinada para garantizar el cumplimiento de
las normas establecidas, las infracciones y la verificación de los parámetros
epidemiológicos y sanitarios.
Es decir que en la nueva etapa, las personas que cumplen
algunas actividades esenciales pueden ir a sus lugares de trabajo y usar el transporte
público de pasajeros.
Entre ellos se destacan el personal de salud, fuerzas de
seguridad, fuerzas armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico,
bomberos, control de tráfico aéreo, la autoridades superiores de los Gobiernos
nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se incluyen también a trabajadores y trabajadoras del
sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.
También podrán movilizarse en los servicios públicos de
transporte, el personal de los servicios de justicia de turno, los diplomáticos
y personas que deben asistir a otras con discapacidad; a personas mayores; a
niños, a niñas y a adolescentes y a familiares que necesiten asistencia.
Además, lo pueden hacer las personas afectadas a la
realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones; personal que se
desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
Otra de las excepciones en cuanto al transporte público
se aplica a trabajadores de supermercados mayoristas y minoristas y comercios
minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias,
ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas, entre otras.
La actividad bancaria, los docentes, los trabajadores de
restaurantes y empleados de garages, son otros de los trabajadores esenciales
que pueden trasladarse por colectivos, trenes y subtes.
En cuanto a las reuniones sociales, se autorizan en la
nueva etapa hasta un máximo de 10 personas siempre y cuando se encuentren en
espacios abiertos o de acceso al aire libre.
En estos encuentros se deberá mantener una distancia de dos metros entre las personas, utilizar barbijos cuando no se consuman alimentos, y respetar todos los protocolos sanitarios.
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