16 de noviembre de 2014
Se conoció que quedó firme el fallo del Juzgado Correccional Nº1 a cargo del doctor Carlos Alberto Pocorena que condenó a Vistas Serranas por llevar a cabo apuestas clandestinas cuando tenía a su cargo la concesión del Hipódromo de Tandil, debiendo abonar una multa de 50 sueldos mínimos de un agente de la administración pública, por violación de la ley 13.470 al ratificarse el fallo de primera instancia que fuera recurrido en Casación, lo que representaría una suma cercana a los 300 mil pesos.
En tanto quien llevaba adelante las apuestas remate, el martillero de Las Flores Carlos Gianelli, deberá abonar una multa de 10 sueldo mínimos de un un empleado público.
Como se diera cuenta oportunamente, la denuncia fue llevada a cabo por el cuidador de caballos Jorge Cuenca.
El fallo contempla la multa de 50 salarios de un agente de la administración pública para Vistas Serranas SA por infringir la ley 13.470 referida a la prevención y represión del juego de azar ilegal.
A su vez Pocorena, también encontró culpable de infracción a la ley 13.470 al martillero de Las Flores Carlos Gianelli, quien concretaba las apuestas remate.
La denuncia fue realizada por el cuidador de carreras, Jorge Cuenca, quien aportó a la causa una filmanción de una de las reuniones del 2012, donde se observaba la realización de apuestas en las competencias oficiales en simulcasting con el Hipódromo de La Plata.
Si bien el fallo de primera instancia fue apelado, ahora la sentencia quedó firme y en consecuencia se deberán abonar las multas establecida.
Al quedar firme esta sentencia podría darse paso a una nueva presentación contra quienes estaban en ese momento como responsables del control de la concesión del Hipódromo de Tandil, puesto que la misma ley en su artículo 6 establece que “Será reprimido con arresto e inhabilitación especial de un (1) mes a un (1) año para ocupar cargos públicos el funcionario público provincial o municipal quien, estando obligado a hacerlo, omitiere denunciar la realización de algunas de las conductas tipificadas por esta Ley, de las que hubiere tomado conocimiento”. Se desprende que los funcionarios tenían que tener conocimiento de la cuestión, ya que el denunciante en su momento hizo pública la cuestión.
Todas las partes fueron notificadas de la resolución judicial e inclusive Personas Jurídicas, puesto que la empresa, ahora designada para usufructuar la actividad hípica en Dolores, podría perder la personería jurídica.
Según este medio pudo averiguar se enviarían cartas por Mesa de Entradas a la comuna de Dolores, para que tanto el intendente de ese municipio y las autoridades del Concejo Deliberante, para ser informados de la resolución judicial contra Vistas Serranas.
La operatoria
El mecanismo, según indicaron concurrentes a las competencias cuadreras(por fuera del circuito legal), consiste en la venta de boletos denominados remates que se concretan con la participación de un martillero, se colocan los números de los caballos competidores y el rematador por ejemplo ofrece un remate de determinada cantidad de dinero para uno de los competidores, manejándose el valor de acuerdo a las posibilidades previas de ganar que tiene el mencionado caballo. Asi van saliendo a remate cada uno de los números competidores, quedando con el precio menor aquel que menos chances de ganar tiene. Finalmente del monto recaudado queda un porcentaje para el organizador de la carrera y otro porcentaje para el rematador.
Además al quedar firme la sentencia se daría paso a otra denuncia por fraude al fisco y a la comuna por parte de la anterior concesionaria, en virtud que debía tributar el 1% del volúmen de apuestas tanto al fisco como a las arcas municipales, según pudo conocer este medio.
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