30 de diciembre de 2022
El Ministerio de Trabajo nacional estableció a través de una resolución, que quienes hayan abonado el bono de fin de año por 24 mil pesos a sus empleadas domésticas, podrán reclamar el reintegro de hasta el 50 por ciento del mismo. ¿Quiénes y cómo?
Según la resolución 1691/2022, alcanza a quienes no tributen el impuesto a las ganancias y deberán manifestar, bajo declaración jurada, el monto total abonado a la trabajadora o al trabajador en concepto del bono.
Además deberán presentar el recibo de sueldo de diciembre de 2022 con la inclusión del pago del bono y la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente CBU.
Para acceder a este reintegro, los empleadores deben cumplir una serie de condiciones, entre ellas:
No contar en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes en la categoría "c" o superior o en el régimen de trabajo autónomo
No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL)
Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no superior a $8.383.920
No ser propietario o propietaria de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.
Cómo solicitar el reintegro del bono
Según informó el Ministerio de Trabajo, la inscripción para solicitar el reintegro se realizará entre el 16 y el 23 de Enero de 2023, ingresando a la opción "Solicitud de reintegro - Decreto 841/22" en el Portal de casas particulares del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En tanto, alertaron que se va a desestimar el pedido ante "la falsedad de datos y/o información declarada y presentada para la obtención del beneficio" y el "incumplimientos de las obligaciones laborales, sociales y previsionales a su cargo, de acuerdo a lo dispuesto por la normativa legal vigente".
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