4 de mayo de 2020
Las intervenciones fueron en el marco del aislamiento social que el presidente Alberto Fernández decretó hace más de un mes. Por los hechos se iniciaron actuaciones por haber infringido el artículo 205 y 239 del Código Penal tomando intervención en todos los casos la Justicia Federal de Azul a cargo del doctor Martín Bava.
Cabe recordar que el artículo 205 advierte que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por la autoridad competente, para impedir la introducción o propagación de una epidemia». El artículo siguiente en tanto sanciona a todo ciudadano que "resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones".
Fuente: La Nueva Verdad de Rauch.
Comentarios
0Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Iniciá sesión para dejar tu comentario
Iniciar sesiónCargando comentarios...
Denunciar comentario