22 de agosto de 2009

Locales

Locales. Satisfacción de los docentes por la nueva ley de jubilación móvil

El secretario general de Adunce en nuestra ciudad, Martín Rosso, manifestó que existe “satisfacción” en el ambiente universitario a raíz que el Senado de la Nación sancionó la nueva Ley de Jubilaciones Docentes con el 82 % móvil. Ahora sólo falta que sea promulgada para que comience a regir de manera definitiva.
En diálogo con LA VOZ, el dirigente gremial señaló que está sanción es muy importante, porque el Congreso votó el proyecto que fue realizado por los profesionales de la Conadu Histórica que, entre otros puntos, tiene como novedad que la persona que se jubila por invalidez cobra lo mismo que aquella persona que lo hace por el límite de edad.
“Estamos muy contentos por lo que pasó, ya que hace mucho tiempo que estamos luchando para que esto suceda”, explicó Martín Rosso, al tiempo que destacó que la nueva ley beneficiará a un número importante de docentes universitarios de la Unicen.
Durante el tratamiento de la nueva normativa, estuvieron presentes en el recinto dirigentes gremiales de la Conadu Histórica “compartiendo la alegría de este impresionante triunfo” de todos los docentes. “Son estos momentos los necesarios para felicitarnos y comprobar una vez más que con la lucha y el compromiso de todos es posible la conquista de las reivindicaciones de toda la clase trabajadora”, explicó el dirigente gremial local.
LEY
De acuerdo a lo informado, el nuevo proyecto alcanza a los “docentes con dedicación simple y semiexclusiva y docentes con dedicación exclusiva que no realicen y/o dirijan actividades técnico-científicas de investigación”.
La edad requerida es de 60 años para mujeres y de 65 para varones: 65 años (tanto mujeres como varones pueden optar por mantener la relación laboral hasta los 70 años)
Los años de servicios requeridos son 25 años como docente universitario, de los cuales 10, como mínimo, continuos o discontinuos, deben ser al frente de alumnos.
El aporte jubilatorio diferencial será del 2 % (13 % total) y el beneficiario tendrá prestación por simultaneidad, que posibilitará el acrecentamiento de la jubilación obtenida en el régimen previsional general por efecto de la simultaneidad. Cabe destacar que esta prestación por simultaneidad es móvil.
La jubilación por invalidez se podrá obtener con un índice de discapacidad que supere el 66 % de su capacidad psicofísica. No se requiere tiempos mínimos de servicios cumplidos. La jubilación por invalidez se liquidará de idéntico modo y con los mismos porcentajes que la jubilación ordinaria de este régimen especial.

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