21 de agosto de 2020
Con fecha 19 del corriente y bajo el número 1020 se dispuso "a partir de las 00 horas del día 19 de Agosto del 2020 y hasta el dictado de un nuevo Acto Administrativo, la ampliación de los horarios de cierre de las actividades industriales, comerciales y de servicios radicadas en el Partido de Benito Juárez, hasta las 21:00 horas, exceptuando aquellas que tengan un horario diferenciado debido al tipo de servicio que prestan o actividad que realizan", según lo señala en su primer artículo.
En su considerando el decreto señala: "que resulta necesario realizar una ampliación en los horarios de ciertas actividades que permitan la sustentabilidad de sectores productivos, comerciales, de servicios e industriales, siempre en concordancia con lo dispuesto por el poder Ejecutivo Nacional y Provincial".
Esta medida deberá ir acompañada por el cumplimiento estricto del protocolo a fin de mantener la prevención en primera instancia y de esa manera lograr que la ampliación comercial sea positiva en todo sentido.
En artículos que componen el Decreto 1020 se señala que "los establecimientos mencionados? deberán proveer a la totalidad de sus trabajadores y concurrentes de los elementos de seguridad e higiene destinados a la prevención del contagio de COVID-19, y seguir los protocolos y lineamientos del Ministerio de Salud Pública. Asimismo, deberán trabajar con un esquema de funcionamiento que permita el mantenimiento de una distancia prudencial y recomendada entre los mismos".
El párrafo anterior se podría resumir señalando "prevención con seguridad, higiene y distanciamiento".
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