14 de diciembre de 2009

Nacionales

Nacionales. Se promulgó la ley de reforma política

El Gobierno promulgó la ley de Democratización de la Representación Política, la
Transparencia y la Equidad Electoral que establece, entre otras modificaciones, elecciones internas abiertas, simultáneas y obligatorias de los partidos políticos.

Mediante el Decreto 2004/2009, firmado el viernes último y publicado hoy en el Boletín Oficial, la presidenta Cristina Fernández promulgó la Ley 26.571, que en dos de sus artículos, fija los requisitos para que a una agrupación política sea reconocida como un partido político.

La reforma, sancionada el 2 de diciembre último por el Congreso Nacional, establece la realización de elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para todos los partidos que postulen precandidatos para nominar a cargos electivos nacionales.

Las primarias se realizarán los segundos domingos de agosto de los años en los que se realicen elecciones nacionales, ya sean presidenciales o legislativas, que, a su vez, se realizarán los cuartos domingos de octubre.

La ley elimina a las listas "colectoras" y las "espejo". También, establece que se votará con el mismo padrón que se utiliza en la elección general y remarca que de las elecciones generales sólo podrán participar las agrupaciones que hayan obtenido en las primarias el 1,5 por ciento de los votos válidamente emitidos y requeridos. Aquellas agrupaciones que no alcancen el 2 por ciento del padrón electoral del distrito que corresponda perderán su personería jurídico-política.

La norma sancionada por el Congreso reduce a ocho días la prohibición para publicar los resultados de encuestas y a 15 la de realizar actos inaugurales de
obras públicas o promoción de planes y proyectos de alcance colectivo, como también actos de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos.

En tanto, dos artículos establecen como fecha de puesta en vigencia al 31 de diciembre del 2011. El Poder Ejecutivo expresó que los artículos 107 y 108 "contradicen el objetivo central de la ley al diferir hasta el año 2012 la aplicación de normas directamente relacionadas con la mejora de la representación política y fundamentales para ordenar el universo de actores políticos, postergando la vigencia de las modificaciones introducidas por el Proyecto de Ley a diversos artículos de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, que resultan esenciales para la implementación de la reforma política sancionada y tornando de esta manera absolutamente incongruente con el objetivo planteado por la ley en la mejora perseguida".

Los mencionados artículos remiten a la Ley 23.298 (Ley Orgánica de los Partidos Políticos) que establecen los requisitos para el reconocimiento de la personalidad jurídico-política. "El artículo 107 del Proyecto de Ley sancionado establece que los partidos políticos de distrito y nacionales con personería jurídico política vigente, tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 a los efectos de cumplir con lo dispuesto en los artículos 7º ter y 8º de la Ley Nº 23.298 -Ley Orgánica de los Partidos Políticos-, disponiendo asimismo que a la fecha de su entrada en vigencia se extinguirá la acción y las actuaciones que se encuentran en trámite referentes al artículo 50 incisos a), b), c), e) y f) de la citada Ley Nº 23.298".

Además, "el artículo 108 del Proyecto de Ley sancionado dispone que los artículos 2º y 3º del mismo, que modifican el artículo 7º e incorpora el artículo 7º bis a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº 23.298, relacionados con el reconocimiento de la personería jurídico política a una agrupación política y con la obtención de la personería jurídico política definitiva a los partidos en formación, respectivamente, entren en vigencia a partir del 31 de diciembre de 2011".

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