27 de abril de 2010
En las últimas horas, el jefe comunal, Miguel Lunghi, refrendó en un decreto junto a la firma del secretario de Gobierno, Matías Civale, la decisión de rechazar la medida interpuesta por el abogado de uno de los médicos investigados por la muerte de un adolescente en el Hospital de Niños.
Más precisamente, tras las declaraciones públicas del abogado comunal Marcelo Giaconi, acerca del avance del sumario administrativo, el letrado Ernesto Erramouspe, en representación del médico Pardini, presentó la recusación del instructor sumarial, habida cuenta que a su criterio había prejuzgado en una causa que aún restaba conocer el descargo de los galenos cuestionados.
Durante las últimas horas, Giaconi remitió nota al jefe comunal para que se expida sobre el planteo, que fue rápidamente rechazado, considerando que no hubo prejuzgamiento alguno, que sólo respondió a la requisitoria periodística sobre el avance de un sumario que ya había cumplido su etapa de secreto sumarial.
Según se desprendió de las observaciones de los médicos, el letrado municipal se apresuró a vertir opinión cuando todavía no había vencido el plazo de traslado de la causa, para dar lugar a la defensa y la presumible aporte de nuevas pruebas, para luego sí el instructor, en este caso Giaconi, dar opinión. Para más datos, en cualquier instrucción sumarial, primero se presenta la prueba de cargo, después se da lugar al descargo, luego llega el tiempo de los alegatos de las partes y finalmente se dictamina. Al final de la causa administrativa, un tribunal de disciplina es quien determina la sanción a imponer de considerarlo que existió una falta del funcionario cuestionado.
En este caso, antes de cumplirse dichos plazos el funcionario -se cuestionó- emitió opinión ante la opinión pública a través de los medios de prensa, hablando de negligencia, por lo que ahora se exige que se aparte del caso y se designe un nuevo instructor sumarial.
Como se informó, el funcionario manifestó que se había levantado el secreto de sumario a los doctores Daniel Pardini y Arnaldo Scarcella por el fallecimiento del joven Jorge Ramón Mato Luján (13), que restaba los descargos de los dos galenos, ya que ambos fueron encontrados, en esta etapa, presuntivamente culpables de “incumplimiento de las obligaciones de los agentes municipales.
Cabe reseñar que al unísono del cuestionamiento formal que cobró la figura de una recusación, desde la Cicop se salió a la opinión pública, a través de una solicitada, planteando un pensamiento similar.
El titular de la Asociación de Profesionales del Hospital, doctor Pablo Díaz Cisneros, dijo oportunamente que la entidad estaba en desacuerdo con que el Ejecutivo hiciera pública la marcha del sumario que investiga la muerte de Jorge Ramón Luján (13) y que involucra a dos médicos.
“El Ejecutivo no tenía ninguna necesidad de tener que mediatizar un resultado totalmente parcial de un sumario, cuando en realidad ni siquiera los médicos tuvieron la oportunidad de presentar su defensa”, señaló el Díaz Cisneros.
CONFIRMACION
En declaraciones al programa Examen Final de la Am 1560, el secretario de Gobierno, Matías Civale, confirmó la noticia, definiendo que “claramente entendemos que no existió un prejuzgamiento”.
Haciendo un poco de historia, el secretario reseñó que el 26 de marzo salió la imputación, el 30 de marzo se notificó a ambos médicos, y recién el 13 de abril en respuesta a un requerimiento periodístico se informó sobre la imputación. “No sobre el juzgamiento, sobre la imputación. Tal como reza en el sumario, se utilizan cuestiones potenciales y se deja en claro y así lo reconoce en la recusación el propio Erramouspe, se le estaba dando lugar al descargo de los médicos, por lo tanto no hubo prejuzgamiento”, insistió el funcionario.
Añadió al respecto que “hubo 18 días de reserva del sumario hasta que se hace pública la imputación, no el prejuzgamiento”.
Acerca de la respuesta notificada a las partes, Civale detalló que “fundamentalmente en la respuesta nosotros aludimos a una resolución de la Corte quien dijo que no hay prejuzgamiento cuando hay una obligación legal de emitir una opinión según el estado del proceso. Entonces, en este estado del proceso, Giaconi lo que hizo fue emitir una opinión, un dictamen legal. Lo que se hizo fue valorar la conducta de los presuntos responsables, no se los juzgó, por lo que la recusación no tiene validez alguna”.
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