30 de noviembre de 2009
El cambio al artículo 32 de la Ordenanza 8.612 será de cumplimiento obligatorio a partir de la entrada en vigencia del texto enmendado, dentro de 90 días corridos a partir de la promulgación.
El edil por la UCR Néstor Müller, promotor de la iniciativa, explicó que “a veces, los taxistas o remiseros se niegan a transportar a personas que llevan muletas o van en silla de ruedas, poniendo como excusa que tienen una unidad pequeña o que el tubo de GNC no les deja lugar en el baúl”.
El concejal consideró que -independientemente de la validez de las excusas interpuestas por los taxistas o remiseros- “todas las paradas de taxis deberán contar como mínimo con un coche por turno que tenga espacio suficiente para transportar personas con movilidad reducida junto con un acompañante y las sillas de ruedas, bastones, andadores u otro accesorios necesarios para su movilidad”.
En el caso de las agencias de remises, la exigencia es de iguales características.
Müller hizo notar que es necesario promover “la plena integración a la vida social, laboral, educacional y recreativa de las personas con capacidades diferentes, por lo cual debemos adoptar normativas concretas y eficaces para eliminar las barreras que dificultan a esas personas el acceso a los servicios, edificios, el transporte, las comunicaciones, la educación, el mercado laboral y los sectores sociales”.
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