23 de abril de 2010
Finalmente el defensor oficial Diego Araujo, que asesora a las familias que ocupan el barrio Smata, presentó el recurso de amparo que insta al municipio a suministrar los servicios básicos en la zona, en tanto aspira el letrado a allanar una resolución "consensuada" del agudo conflicto social.
El escrito, que ingresó en las últimas horas, se fundamenta en la "obligación" del Estado de garantizar prestaciones como la energía eléctrica, el agua (vía aguatero), el desmalezamiento y mejora de los ingresos así como la recolección de residuos, ya sea extendiendo el recorrido de los camiones o mediante un contenedor.
Ahora por sorteo será designado el magistrado actuante, que según la ley de amparos, puede ser de cualquiera de los fueros judiciales.
La aspiración de Araujo, según manifestó al programa "Cada Mañana", de AM 1560, es arribar a una instancia de acuerdo entre vecinos y Municipalidad. Y aclaró sobre la repetida argumentación del Ejecutivo municipal, que dotar de servicios al barrio tomado "no implica de ninguna manera el reconocimiento de derechos" sobre los inmuebles, que si bien no fueron acreditadas las titularidades, le pertenecen al gremio Smata.
Tras el polémico corte de luz implementado por la Usina Popular y Municipal el último lunes, que generó incidentes entre ciudadanos y Policía, Araujo explicó el contenido de su alegato al pedir a la empresa distribuidora una "autorización" para evaluar las condiciones de seguridad en que se -según la defensa- debería extenderse el suministro a las viviendas. Esto es, evitar consecuencias y riesgos que hoy siguen latentes con el "enganche" clandestino.
Asimismo, el letrado que representa a los vecinos que tomaron las casas advirtió que todavía no fue comprobado el presunto ilícito de "usurpación" que motivó la causa penal.
Además, el defensor oficial explicó que la comuna está en condiciones de responder, en lo inmediato, a servicios como la limpieza y recolección.
Para el abogado, se debe velar por las condiciones de vida de todas las personas que habitan la zona, y sobre todo por los más de 100 chicos que viven en el lugar.
"No ocupan las casas porque les gusta, sino como consecuencia de un problema habitacional sin solución en años", observó Araujo.
Ahora se aguarda que el juez convoque a las partes, dígase el municipio y los ocupantes, para una audiencia preliminar donde se pueda arribar a un acuerdo que descomprima la conflictividad social en el Smata.
ALGUNOS PチRRADOS DEL AMPARO
Este Diario accedió a la presentación que ha quedado en manos del juez Blanc que, en las próximas horas, deberá definir sobre el entuerto.
La medida cautelar argumenta que las familias acuden a la Justicia en “los términos de los artículos 1 y 4 ss y concordantes de la Ley 13928, 20 inciso 2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, 43 de la Constitución Nacional y Pactos Internacionales incorporados por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, a interponer acción de amparo, contra el Poder Ejecutivo del Municipio de la ciudad de Tandil, Provincia de Buenos Aires, quien en forma manifiestamente ilegal y arbitraria ha denegado la ejecución de actos públicos que le son de sus estricta competencia, omitiendo brindar a ciudadanos de la comuna de los servicios básicos, mínimos e imprescindibles para garantizar el derecho a una vivienda digna, y el derecho a la salud de los mismos, mediante una resolución carente de fundamentos y de motivación, en franca violación a los arts. 1コ, 14 bis de la Constitución Nacional y 1コ, y palmariamente violatoria de la garantía de igualdad ante la ley y debido proceso, prescripto en el art. 18 de la CN y art. 25 del Pacto de San José de Costa Rica”.
Adjuntando informes sociales de los casos citados, detallan que “somos parte de la gran cantidad de familias numerosas existentes en el barrio, y gente de trabajo. Venimos sufriendo la falta de respuesta constante por parte del Estado, quien ha entendido que la implementación de una política pública de vivienda no es prioritaria”.
A su vez, alegan que “la situación extrema en la que nos encontrábamos nos llevó a la decisión de ocupar las casas abandonadas, en semi construcción desde hace más de una década, lugar donde actualmente vivimos, y donde depositamos nuestras esperanzas. Allí en el predio donde está emplazado el frustrado barrio “Smata”, tal como lo denomina la prensa no hay servicios de ningún tipo; y teniendo en cuenta la salud de nuestros niños acudimos al municipio, no para que interceda en la puja de la propiedad, posesión o tenencia de las viviendas, sino tan sencillamente para que cumpliendo el rol que le está asignado por parte de normas constitucionales, nos provea el agua potable”.
“Que este servicio indispensable -sigue-, tan ligado a la salud, el municipio lo puede brindar sin que su esfuerzo signifique alguna erogación digna de ser considerada, ya que posee los camiones aguateros, que concurren incluso a dar agua hasta vecinos aledaños del barrio. Pero en el barrio se ha negado sistemáticamente ha ingresar”.
Las familias que presentan el amparo añaden que “nos encontramos en una situación de inequidad social y frente a un problema estructural del que no podemos salir sin la ayuda estatal. Y si ésta omite en forma arbitraria hacerlo, entendemos que Su Señoría puede remediar preventivamente aquello que el Estado se niega. Esta situación en la cual nos encontramos, de perdurar en el tiempo, no hará más que agravar la problemática, y afectar aún más la delicada situación en la que nos encontramos”.
Asimismo, señalan en el documento que la negativa del municipio de brindar los servicios “se traduce en una omisión arbitraria y manifiestamente ilegal por quien tiene la obligación constitucional de velar por la salud, y bienestar de los vecinos de Tandil”, por lo que “no nos deja otro camino que el de acudir a la justicia para obtener la urgente tutela de nuestros derechos”.
Finalmente, los ocupas aclaran en el recurso que “no estamos discutiendo aquí, lo que probablemente debería discutirse en sede civil, sino que pretendemos que se nos garantice provisoriamente un lugar donde poder habitar en condiciones dignas con nuestras familias hasta tanto se encuentre una solución a sus problemas habitacionales”.
El pedido judicial alude a una “arbitrariedad es manifiesta” del Ejecutuvo, indicando que “la omisión estatal en la prestación de servicios básicos, indispensables, hacia sus ciudadanos implica una grave afectación de derechos constitucionales, pues no ignora el municipio que en el predio conocido como Barrio Smata, conforma una comunidad de más de doscientas personas, entre los cuales hay más de cien niños”.
“Nuestra legitimidad para peticionar -continúa- es más que evidente; y si el municipio encuentra algunos “escollos” administrativos en la implementación de los servicios que debe prestar, tiene la obligación jurídica y moral de resolverlos, pues es la que se encuentra en mejores condiciones para hacerlo”.
Agregaron que resulta “paradojal que el municipio, luego de reconocer la grave situación en la que nos encontramos, opte por mantenerse al margen de la misma, actuando con indiferencia social, y con una notable falta de interés real de comprometerse con sus ciudadanos, conforme sus obligaciones legales y constitucionales”.
Otro de los párrafos destacados subraya que la petición “está dirigida a obtener una pronunciamiento favorable de orden cautelar que atienda a las urgentes necesidades que emergen del derecho a una vivienda digna y el derecho a la salud, las que se corresponden a obligaciones inherentes al Estado; y no a impugnar pretensos derechos de propiedad de terceros; ni de enervar una orden judicial preexistente dictada por un juez competente, ni a evitar sus efectos, sino que, procuramos por parte del Estado, el efectivo cumplimiento a las directivas emanadas de los tratados internacionales de derechos humanos de donde es dable considerar, más los antecedentes de hecho referenciados, que el derecho invocado resulta verosímil , habilitando de ese modo el dictado de la medida cautelar”.
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