20 de abril de 2020
La Defensoría del Pueblo de la ciudad de Tandil, recomendó a
la Secretaria de Desarrollo Humano y Habitat del Municipio la ampliación de las
partidas presupuestarias que la misma asigna a subsidios que tienen por fin la
asistencia para el pago de alquileres y el pago de tarifas de energía
eléctrica.
La recomendación se origina en los innumerables reclamos de
vecinos tanto a nivel nacional, provincial como local, que atraviesan
dificultades económicas en virtud del aislamiento social preventivo y obligatorio
que ha ocasionado la dificultad de pagar las tarifas de energía eléctrica y los
alquileres de las viviendas.
Asimismo y en concordancia a lo dispuesto por el Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 311/2020, y con el fin de evitar la acumulación de deudas
que se transformen en impagables para familias y pequeños comerciantes e
industriales, se recomendó a la Usina Popular y Municipal de Tandil S.E.M
que disponga un plan de pagos que
facilite afrontar las deudas que se pudieran generar durante la vigencia del
aislamiento a través de un beneficio de pago en nueve (09) cuotas, iguales y
consecutivas, del servicio de energía eléctrica consumido durante los meses de
abril, mayo, junio y julio del corriente año, abonándose las mismas a partir
del mes de agosto próximo, el cual será para aquellas personas que cumplan con
los parámetros de dicho DNU.
Dentro de sus facultades de contralor la Defensoría le
solicitó informe a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) a
los fines de tomar conocimiento de cuantas inspecciones e infracciones se
realizaron respecto al control de los Precios Máximos establecidos en la
Resolución 100/2020 desde que comenzó el aislamiento social el pasado 20 de
marzo, y conforme las facultades que el gobierno nacional les delegó a los
municipios mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 351/2020
Actividades permitidas: en virtud de la denuncia efectuada
por los trabajadores de la Cooperativa de trabajo recuperadores de Tandil
limitada, la Defensoría exhortó al Subsecretario de Coordinación y a la
Dirección de Ambiente de la Municipalidad de Tandil, que arbitrara en forma
inmediata los medios necesarios para garantizar el derecho al trabajo a los
mismos, y les permita el pleno ejercicio
de su actividad, conforme el art. 6
inc.16 del Decreto Necesidad y Urgencia Nro. 297/2020 y las recomendaciones del
OPDS que los han exceptuando del aislamiento social preventivo obligatorio.
Por último, esta Defensoria considera necesario que se
reabra al público tanto el basural municipal como punto limpio, observando las
medidas de higiene y distanciamiento necesarias.
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