13 de enero de 2010
“Deberán concurrir a firmar los acuerdos a la Dirección de Tránsito del Municipio, ubicada en el primer piso de la Estación Terminal de Ómnibus, antes del 1° de febrero, de 7.30 a 12.30”.
La Ordenanza 11.327 autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios individuales con los propietarios de licencias de taxi cuyas unidades habilitadas no encuadren dentro de lo previsto en el ordenamiento vigente en cuanto a la antigüedad, el modelo y/o el color de la unidad.
El texto anuncia que los propietarios de esos vehículos deben asumir el compromiso expreso de regularizar su situación frente a lo dispuesto por Ordenanza 8612/02 en su Artículo 15.
Y aclara que el sólo vencimiento del plazo del convenio individual sin que se haya dado cumplimiento a las obligaciones que de él emanen, será sancionado con la baja de la unidad habilitada, siendo desde ese momento aplicable toda la normativa vigente.
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