31 de diciembre de 2010

Policiales

Policiales. Tres condenados por tenencia de droga para comercializar

En uno de los últimos juicios en la actividad del Tribunal Criminal Nro 1 se ventiló el veredicto condenatorio para tres personas acusadas de tenencia de droga con fines de comercialización. Los jueces también le dedicaron varios párrafos a la labor del defensor particular de los sentenciados, Claudio Castaño, sancionado con una multa por su conducta como así también se dio traslado al Colegio de Abogados para que revise la ética profesional del letrado frente a situaciones planteadas durante la audiencia.

En la sentencia, los jueces resolvieron absolver a Carolina Murgan por el delito descripto, en cambio sí condenó a los hermanos Gustavo y Paulino Figueroa, a la pena de cuatro años de prisión por resultar autores penalmente responsables del delito de “Tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización, fraccionado en dosis destinadas al consumidor”, hecho cometido en Tandil el 12 de mayo de 2009.

La imputada Aida Maribel Britez, en tanto, fue sentenciada a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, como autora penalmente responsable del delito de “Tenencia ilegítima de estupefacientes”, por un hecho cometido al día siguiente, 13 de mayo de 2009.

LOS ARGUMENTOS

El Juez Arecha, en coincidencia con sus pares Galli y Echeverría, dijo que con los elementos de convicción incorporados por lectura y declaraciones de los imputados más los adquiridos en el transcurso del debate, resultaron acreditados suficientemente los dos hechos ventilados en el juicio.

El primero, cuando el 12 de mayo de 2009, en horas de la mañana, en oportunidad de realizarse la diligencia de allanamiento, registro y secuestro ordenada por el Juzgado de Garantía Nー 2 en el domicilio de la calle Monseñor Actis Nー 2352, en el marco de otra causa, los hermanos Figueroa tenían ilegítimamente en su vivienda, fraccionados con fines de comercialización 80 envoltorios de nylon color negro con cocaína con un peso total de 132,8 gramos, en tanto Murgan tenía oculto en el interior de sus prendas, más precisamente en el corpiño, cinco envoltorios conteniendo cocaína con un peso total de 8,1 gramos.

Así también del lugar se recogió material usualmente utilizado para el fraccionamiento, cantidad de bolsas de nylon con recortes de características similares al de los envoltorios que contenían cocaína.

En relación a la imputación de Britez, para el Tribunal quedó debidamente acreditada la responsabilidad penal de la nombrada, a quien se le secuestró en su domicilio dos tizas de clorhidrato de cocaína que fueran secuestradas en su domicilio de la calle Uriburu al 1000, droga que la propia acusada reconoció como propia ante el Tribunal. Así, Britez reconoció que la cocaína secuestrada en su domicilio le pertenecía, que la droga tenía como única finalidad ser consumida por ella y por su pareja, especialmente y con mayor intensidad los fines de semana cuando éste regresaba de su lugar de trabajo en el campo.

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