11 de septiembre de 2009

Locales

Locales. Una empresa de cable pago una multa de 10.000 pesos impuesta desde la OMIC

El expediente en cuestión había sido iniciado de oficio en 2007 por esa área comunal, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a raíz del lanzamiento por parte de esa firma de una revista para todos sus usuarios, denominada “Miradas”, con el pago de un cargo que se anexaba a la factura del servicio.
La asesora legal de la OMIC, Belén Latorre, explicó que “el expediente se abrió por una violación al artículo 35 de la Ley de Defensa del Consumidor, ya que aquellos que no querían recibir la revista debían manifestarse por la negativa. Al respecto, dicha Ley prohíbe expresamente realizar ofertas que impongan un cargo automático al consumidor y que lo obligue a manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice”.
“El trámite se inició en 2007 cuando todavía el Dr. Juan Pablo Frolik estaba al frente de la Secretaría Legal y Técnica. A partir que se realizó la imputación a la empresa, ésta posteriormente presentó su descargo y en una siguiente instancia la OMIC confirmó la multa impuesta. Cablevisión decidió abonar la multa y no apelar ante la Justicia, pagando la suma de 10.000 pesos semanas atrás”, precisó Latorre.
Por otra parte, la asesora legal confirmó que la OMIC dictó también recientemente una resolución definitiva en la causa de AMX Argentina S.A. (conocida como CTI), debido al incumplimiento en la prestación del servicio durante el mes de junio a los usuarios de la localidad de María Ignacia Vela.
Latorre detalló que, “en ese caso, el expediente fue iniciado de oficio en julio pasado. Se imputó a la firma una presunta infracción a lo dispuesto en el artículo 19 de la ley Nº 24.240, por incumplimiento de contrato por la no prestación del servicio”.
“La empresa contestó el descargo pero en forma extemporánea, por lo que no lo tuvimos por presentado, y aún en el caso de haberlo tenido por presentado, los argumentos esgrimidos no la deslindaban de la responsabilidad”, apuntó.
Latorre adelantó que “la empresa estará siendo notificada en estos días de la resolución y tendrá un plazo de 10 días para abonar la multa impuesta, que ascendió a la suma de $ 100.000, o bien para apelar la resolución ante la justicia”.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades

data fiscal  © 2026 | La Voz de Tandil | Av. del Valle 1220 - Tandil