21 de abril de 2008

Policiales

Policiales. Una pericia determinaría que Delfa Molina padecía una infección en el hígado

A finales de diciembre, en medio de la celebración de las Fiestas de fin de año, Mabel Villarruel fue citada por el fiscal Luis Piotti, quien le iba a confirmar oficialmente lo que este Diario había anticipado en torno a la situación procesal del acusado de matar a golpes a su hija Delfa Molina. El imputado había quedado en libertad por disposición de la Cámara de Apelaciones, considerando escasos los elementos de prueba como para la detención. Resolución ésta que provocó sorpresa y rechazos en proporciones.
Con el lógico desazón y la bronca de la mujer que quedó a cargo de los chicos de Delfa y como de aquellos que en su momento se movilizaron (con manifestaciones callejeras) para que el acusado tuviera su castigo, la causa va cobrando nuevos elementos que llevan a pensar que se desvanece, al menos en la imputación primaria que se pretendía, léase homicidio.
En las últimas horas, nuevamente Mabel Villarruel recibió una nueva magra noticia. Una pericia judicial practicado sobre el cuerpo de la víctima determinaría que Delfa sufría una infección en el hígado, posiblemente una patología tras los múltiples embarazos que tuvo.
El elemento no sería menor a la hora de sustanciar la imputación que el fiscal debe impulsar tras haber recibido el duro revés que resultó la decisión del juez camarista de apelaciones de Azul.
De confirmarse la especie, podría contrariar la hipótesis del homicidio para pasar a una simple y cruel carátula de lesiones. A saber, si bien podría considerarse en la acusación que el imputado habría golpeado a la víctima, el acreditarse que sufría de una infección en el hígado pondría en serias dudas que su muerte fue provocada por aquellas agresiones físicas denunciadas.
Por éstos días, entonces, el fiscal estaría consultado a otros profesionales de la medicina para que cotejen el resultado pericial en cuestión, y de allí entonces argumentar su acusación de cara a la requisitoria de juicio.

LO QUE HABIA DICHO LA CAMARA
Cabe reseñar sobre los argumentos del juez Jorge Esteban Herrero, como presidente de la Cámara de Apelaciones de Azul, se desestimó “la imputación del delito de homicidio calificado por el vínculo”.
A la hora de las razones, indicó que “no solamente no concurren elementos que permitan sostener, aún con la precariedad propia del presenta estadio procesal, que pueda siquiera vislumbrarse que el acusado obró con el conocimiento y voluntad mínimos necesarios para realizar el tipo objetivo de homicidio sobre la persona de su conyugue, sino por el contrario, aparecen objetivas circunstancias que llevan el razonamiento en el rumbo opuesto”.
En tal sentido, se explicita que “el empleo exclusivo de un medio supuestamente comisivo -un único golpe de puño en el abdomen- que a todas luces resulta claramente inidónea en relación con la adjudicación de un designio homicida”. Asimismo, se especifica “la conducta posterior asumida por el imputado respecto a su esposa, consistente en brindarle toda la ayuda que estaba a su alcance, ante el malestar que ésta evidenciaba, auxiliándola, llamando una ambulancia y acompañándola al hospital, lo cual no se compadece con quien tuvo la intención de matar”.
Con respecto a la tipificación adicional propuesta por la fiscalía, el juez también dio una respuesta negativa respecto a la posibilidad actual de considerar la conducta del imputado como homicidio preterintencional.
Señaló sobre el asunto que “si bien la acción inicial dolosa se adecua a las exigencias del artículo 81, apartado b, del Código Penal, y además es claro que el medio empleado (golpe de puño en el abdomen) no debía razonablemente ocasionar la muerte, este desenlace, dadas las circunstancias que rodearon el hecho, y especialmente el rumbo causal que llevó al deceso de Delfa Molina, en modo alguno pudo estar en el marco de lo previsible para el imputado”.
Acerca de la polémica instalada, respecto a si la rotura del lóbulo superior izquierdo del hígado (que desencadenara la muerte) fue producida por el golpe o, por el contrario, ello fue el resultado de un padecimiento patológico preexistente (síndrome de Hellp), la posibilidad de prever en el golpe aplicado generaría todo el desarrollo ulterior que acabara con la vida de la víctima, requiere la titularidad de una serie de conocimientos específicos de las ciencias médicas, que ni siquiera están al alcance de un profesional de las mismas que no haya tenido contacto con Delfa Molina, no conozca sus antecedentes y no haya ejercido ningún contralor sobre la misma”.
El juez añadió que el acusado “aunque lo pretenda, no puede prever (ver anticipadamente) y por lo tanto no puede concurrir el recaudo de la previsibilidad”.
El juez, en consecuencia, ordenó la inmediata libertad del procesado Claudio Marcelo Saenz.

ACUERDO EXTRAJUDICIAL
Vale también recordar que una vez liberado el acusado Claudio Marcelo Saenz, se logró arribar a un acuerdo extrajudicial entre las partes, que permitió descromprimir un conflicto social.
En silencio, varios protagonistas judiciales, entre ellos representantes de la Asesoría de Menores e Incapaces, y los abogados patrocinadores de Saenz como de Villarruel, arribaron a un convenio extrajudicial y privado, por el cual las partes acordaron “en aras de la paz social” y sin que esto implique reconocimiento, limitación y/o restricción de los derechos y obligaciones que titularizan y ejercen las partes.
Según este Diario oportunamente informó, Saenz concedió a favor de la totalidad de sus hijos, “el libre uso y goce del bien”, en principio hasta el 7 de diciembre de 2008.

El caso
Vale reseñar sobre el caso, que Delfa Molina falleció el 3 de septiembre del año pasado luego de ser golpeada y dar a luz una criatura de manera prematura, tras permanecer internada en el hospital Ramón Santamarina desde el 24 de agosto.
Su pareja, fue quien resultó acusado del hecho, mereciendo la prisión preventiva ante la instrucción sumarial que fue caratulada “Homicidio calificado por el vínculo” o subsidiariamente “homicidio preterintencional agravado por el vínculo”. Meses más tarde, la Cámara de Apelaciones resolvió contrariamente a lo planteado por la fiscalía.

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