13 de enero de 2009

Policiales

Policiales. Uno de los detenidos recuperó su libertad pero seguirá investigado

El juez de Garantías, José Alberto Moragas, ayer por la tarde dispuso la libertad de uno de los detenidos por el homicidio en ocasión de robo, del cual resultó víctima el comerciante del Barrio Parque el Calvario Luis Cano.
Se trata de Mauricio Nuñez, quien estaba alojado en los calabozos de la Seccional Segunda, sospechado de participar del hecho junto al menor de 16 años quien recibió la prisión preventiva y actualmente continúa alojado en el instituto Lugones de Azul.
Ayer, junto a su abogado Claudio Castaño, salió de la comisaría con el alivio de haber recuperado su libertad, pero atento a los nuevos pasos procesales, siendo que por lo resuelto por la justicia, permanecerá bajo procesamiento hasta tanto la fiscal María de los Angeles Marsiglio logre evacuar sus dudas en torno a la pesquisa.
Básicamente la instrucción ultima los detalles para dilucidar la responsabilidad de los mayores que fueron involucrados desde el comienzo en la causa, junto al menor. Pudiendo en las próximas horas haber definiciones concretas en ese sentido.
Vale aclarar que la libertad Nuñez no fue concedida por el pedido que la semana pasada había solicitado su defensor, acerca del sobreseimiento. Sobre la petición en cuestión, el juez la rechazó, basándose en el artículo 161 del Código de Procedimiento Penal que permite conceder la libertad de un sospechoso pero manteniéndolo involucrado en la instrucción, a solicitud del fiscal.
El planteo del abogado Claudio Castaño pedía que se decrete el sobreseimiento de Mauricio Fernando Nuñez, conforme lo establece el artículo 321 del Código de Procedimiento Penal, en relación al artículo 323 inciso 4° del ritual, diligencia que requiere “se le imprima la misma premura con que se dictó su detención, con fecha 16 de diciembre”.
Subsidiariamente, el abogado sostuvo que de “no compartir el criterio defensista, y persistiendo en la tesitura de su imputación, pese a la marcada y exhaustiva evacuación de citas efectuadas por la fiscal”, solicitó que se decrete la inmediata libertad por falta de mérito.
Castaño dedicó un párrafo para destacarle al juez que de “prestar meridiana atención la exhaustiva y fructífera labor instructoria, convendrá con ésta defensa que la misma se ha desempeñado con grado de objetividad digno de elogio, habida cuenta ser poco frecuente en el ámbito penal local tal grado de contracción al artículo 3° del Código Procesal Penal”.
Finalmente y dedicado a su defendido, dijo que “debió y de hecho lo hizo demostrar su inocencia, ello merced a la diligente evacuación de citas que establece el artículo 318 del CPP, y que la señora Fiscal no dejó pasar un solo minuto que pudiera perjudicar la investigación.

EL ARTICULO 161
Contrariando los deseos del abogado, el juez Moragas corrió traslado a la fiscal y resolvió en consecuencia.
El magistrado rechazó la solicitud del defensor y lo fundamentó en las razones que lo ampararan en el artículo 161 del Código de Procedimiento Penal. Para más datos, ante el pedido de sobreseimiento, el juez pidió opinión a la fiscal, quien adelantó que no iba a solicitar la prisión preventiva, empero añadió que quedaban asuntos pendientes a esclarecer sobre su situación procesal de Nuñez, léase la fiscal quiere seguir investigándolo.
Específicamente el artículo 161 refiere sobre las facultades del Fiscal, quien podrá disponer la libertad de quien fuera aprehendido mientras el Juez no hubiere ordenado la detención, cuando estimare que de acuerdo a
las circunstancias del caso no solicitará la prisión preventiva.
“Si el Juez hubiera ordenado la detención, el Fiscal podrá requerirle que disponga la libertad atento que no pedirá la prisión preventiva, en cuyo supuesto se ordenará la soltura (el caso de Nuñez).
En todos los casos, el imputado deberá denunciar su domicilio real antes de ser puesto en libertad, el que no podrá cambiar sin previa comunicación, comprometiéndose a comparecer a cualquier llamado o citación con motivo del trámite del proceso.

INVESTIGACION
Como se vino detallando, una vez definida la prisión preventiva para con el menor de 16 años, la investigación se concentró en resolver el presente y futuro de los oportunamente implicados Guillermo Sánchez y Mauricio Nuñez.
Sánchez fue primeramente aprehendido y tras declarar contra el menor y Nuñez recuperó su libertad. Sin embargo, con el cambio de versiones que luego se sucedieron no sólo de parte de Nuñez sino también desde la confesión del propio menor, motivó reacomodar la estrategia acusatoria.
Así fue que la fiscal Marsiglio elevó la petición de detención de Sánchez ante que terminara el año ante el juez de Garantías José Alberto Moragas, que se la rechazó, presuntamente por razones técnicas que hacían a la solicitud y su respectiva argumentación.
Luego, corrió con la misma suerte el mismo pedido, pero en manos de la jueza Stella Maris Aracil, quien coincidió justamente en no compartir el criterio de la fiscal a la hora de encuadras el hecho y ubicar las responsabilidades de los presuntos implicados, dejando así sin efecto la solicitud.

La palabra del doctor Castaño
Una vez recuperada la libertad de su defendido, el doctor Claudio Castaño interpretó sobre la buena nueva que "influyó el pedido de la fiscal, que a grandes rasgos adelantó que no iba a solicitar la prisión preventiva y que estaba de acuerdo con los fundamentos que expuse cuando pedí el sobreseimiento. Sin embargo el juez resolvió casi una falta de mérito pero sometido a proceso hasta tanto se resuelva la etapa intermedia o el juicio oral en definitiva".
Para el abogado "en la causa hay prueba de sobra, pero no contra Nuñez, sino contra otra persona".
Acerca de la sensación de Nuñez una vez en libertad, dijo que como la de él "es de alivio", pero también sabedores de que "vamos a tener que seguir trabajando sobre la causa".
Cerró diciendo que "el juez como la fiscal son conscientes que siempre aportó a la causa, siempre prestó colaboración y casi se comportó como un investigador más. El nunca debió estar detenido, pero el juez no lo entendió de esa manera".

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