15 de enero de 2009
La Secretaría de Economía y Administración del municipio, a través de la Dirección de Ingresos Públicos, informó que el martes 20 de este mes vencerá el plazo para que los contribuyentes alcanzados por la tasa unificada de actividades económicas, que durante el año pasado tuvieron cambios en sus niveles de actividad, se recategoricen según sus nuevos niveles de ingresos. La recategorización comprende a los contribuyentes encuadrados en la tasa unificada de actividades económicas que en ese lapso tuvieron ingresos superiores, con relación a los de su categoría. Los que no tuvieron cambios no deberán hacer ningún trámite y seguirán en la misma categoría.
El trámite se realiza con clave fiscal por Internet, a través de la página www.tandil.gov.ar, opción Contribuyentes - Comercio con Clave Fiscal.
Para saber si el contribuyente tiene que Re - Categorizarse, se dio a conocer el detalle de los límites de la categoría:
Regimen general
Los contribuyentes que hubiesen obtenido ingresos gravados, no gravados y exentos durante los doce meses inmediatos anteriores a la finalización de cada cuatrimestre calendario que superen el límite de la categoría "E", con ingresos superiores a $ 120.000, (pesos ciento veinte mil), quedaran encuadrados en el Régimen General, debiendo dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del régimen.
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