13 de diciembre de 2009
Todo surgió cuando la menor, acompañada por uno de sus hermanos mayores ingresó a la comisaría de la Mujer para denunciar lo que había sufrido. Se hablaba de violencia familiar, de los martirios que la hacía pasar su propia madre. Sin embargo frente a la mujer policía, la niña de apenas 12 años iba a explotar en un rebrote emocional. En medio del relato sobre lo que le hacía su madre sentenció: “pero peor es lo que hace mi papá...”. Allí su hermano quedó descolocado, abrió sus ojos como platos como la propia uniformada cuando comenzaron a escuchar de la propia niña cómo su padre abusaba de ella...
Durante la semana pasada comenzó uno de los tantos debates en el Juzgado Criminal Nコ 1, donde resultan cada vez más comunes los casos de abuso sexual que terminan en una audiencia. Los casos, las víctimas y victimarios, presentan denominadores comunes, pero este caso revestiría de situaciones tan sórdidas como complejas de digerir para el común de los mortales. En el medio de la instrucción para arribar al juicio, la niña tuvo varios intentos de suicidio. No sólo su padre habría abusado de ella, también uno de sus diez hermanos está siendo investigado bajo el mismo aberrante delito contra ella. Y si ya no fuera demasiado para la humanidad y estado psíquico de la menor, también el padre de una compañera habría intentado hacer lo propio tiempo atrás.
Por eso fue harto dificultoso poder llevar a juicio a la menor, quien sin embargo y con el entendimiento de las partes (fiscal y defensor) trataron de evitar exponer más a la niña. Sólo tuvo que sentarse frente a los jueces y confirmar que lo que obra en el expediente -su declaración- le correspondía. Afirmó que sí, y dejó el trámite para intentar rehacer su vida y la de su entorno, que aún intenta descifrar e internalizar de lo que formaron parte. Una casa que hacia afuera parecía normal. Intramuros, un infierno en el cual convivía una familia numerosa, cargada de violencia y promiscuidad, según supo calificar el fiscal.
El victimario, en tanto, dijo también lo suyo. Clamó su inocencia, que entiende que las acusaciones que le endilga una de sus hijas provienen de algún enfado por la situación vivida en la casa. Que la niña se quería ir, que no soportaba las agresiones de la madre.
Insistió en que era injusto donde ahora se encontraba, en el banquillo de los acusados. Reconoció que descuidó muchos aspectos de su vida familiar por el trabajo, pero que “jamás haría cosa semejante a mi hija”.
Para el ministerio público, a cargo del doctor Gustavo Morey, basado en las pericias psicológicas para con el imputado, se trata de un hombre cuyo perfil muestra una dualidad en su personalidad. Para el afuera y en su ámbito laboral (trabajador municipal), un hombre respetuoso, responsable, disciplinado. Dentro de la casa, agresivo y perverso. Los psicólogos lo calificaron de orgulloso, egocéntrico, perverso, características a las que suelen incurrir los abusadores que llegan a juicio.
LA ACUSACION
A partir del consentimiento de las partes, se incorporaron por lectura todas las piezas procesales, habida cuenta que se buscó velar por la salud de la menor dado que su estado resulta “acuciante”, según supo inferir el propio fiscal.
Ya en tiempo de alegatos, el ministerio público comenzó a relatar sobre cómo comenzó la instrucción, a partir de la prueba que fundamente este tipo de procesos: los dichos de la víctima.
Morey puntualizó en cuatro hechos (desde tocamientos a penetraciones), ocurridos en el mes de septiembre de 2007, para calificarlos como abuso sexual agravado por el vínculo y un hecho como abuso sexual gravemente ultrajante, todos en concurso real.
Acerca de la autoría y responsabilidad del acusado, la imputación se centró en el testimonio de la menor, quien incluso supo detallar que su hermana mayor también fue víctima de los abusos de su padre. Al respecto, su hermana, basada en los dichos de su padre, argumentaba que le estaba enseñando sobre sexualidad para lo que luego iba a protagonizar con otros hombres.
Se aludió a la veracidad de los dichos de la menor, de quien los profesionales aludieron a sus constantes y recurrentes estados de angustia. Sus dichos estuvieron cargados de emotividad, sin indicios tendientes a provocarle un daño a su padre, de quien tenía una buena imagen, lo quería.
Ahondando en detalles que hicieron al ámbito del cual vivió y sufrió la víctima, el fiscal pidió al tribunal que se condene al acusado a 9 años de prisión.
Tras escuchar el alegato de la defensa (ver aparte), el Tribunal integrado por los jueces Pablo Galli, Gustavo Echevarría y Guillermo Arecha, dispuso que el viernes venidero será ventilado el veredicto y eventual sentencia.
La Defensa
Al turno de la defensa del acusado, el doctor Gustavo Ballent en primer término discrepó con la valoración que hizo el fiscal de juicio, respecto de la evidencia de la causa. Al respecto entendió que correspondía darle un enfoque distinto a los hechos que le permitieron solicitar la absolución de su defendido.
Para el letrado, se observó que en la causa hay varios interrogantes que no han sido disipados o aclarados con el rigor que la etapa procesal merece, arrojando con ello un gran manto de duda sobre la autoría del acusado en los hechos que penalmente se le reprochan.
Sobre los peritajes psicológicos, psiquiátricos, médicos, e informes socioambientales, dijo que se contradicen en varios aspectos con la restante prueba presentada. Por ejemplo, se extrajo de los dictámenes psicológicos, que el imputado era violento en el seno intrafamiliar, lo que no coincide con las versiones de los testigos que han declarado, ni con la restante probatoria colectada en la causa.
Asimismo, se marcaron distintos indicadores de abuso sexual, pero no se puede dejar de tenerse presente por parte del Tribunal que esos mismos indicadores podrían ser también indicadores de maltrato infantil u otras situaciones de presuntos abusos vivenciados por la víctima, por parte de personas ajenas a mi defendido, conforme se acredita en la causa.
Otro de los interrogantes irresueltos para Ballent, radicó en si no existió en la menor una transferencia de un hecho de abuso perpetrado por parte de un tercero ajeno de la cual fuera víctima, al seno intrafamiliar, acusando en consecuencia a su padre por un hecho producido por otra persona.
En cuanto a los testimonios de las personas que se encontraban presentes en el lugar donde presuntamente habrían ocurrido los supuestos hechos materia de acusación, el abogado remarcó que nadie vio ni sospechó nada anormal en la conducta de su defendido.
En el caso que el Tribunal considerase que el acusado es merecedor del reproche penal, Ballent solicitó que se revea la calificación propuesta por el fiscal, y se aplique el mínimo de pena adecuando la escala penal, según la calificación de abuso agravado por el vínculo cuatro hechos en concurso real.
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