31 de agosto de 2021
Asimismo, también especificó que los nuevos cuadros tarifarios
que contienen el beneficio, ya se encuentran publicados y su aplicación resulta
obligatoria para los consumos a partir del 05/08/2021.
"Cabe destacar que el impacto del beneficio será progresivo
a partir del mes de agosto, pues dependerá del ciclo de lectura del medidor del
período de consumo en el que los nuevos cuadros tarifarios resultan vigentes",
explicaron en ese comunicado, desde la empresa.
En tal sentido, Camuzzi detalló que "la facturación del
período de consumo dentro del cual ocurre la vigencia de los nuevos cuadros
tarifarios (05/08/2021), período de implementación, contendrá la parte del
beneficio que proporcionalmente corresponda desde dicha fecha hasta el cierre
del ciclo de lectura del medidor, mientras que el impacto pleno del beneficio
se dará en la facturación del período de consumo subsiguiente".
"Es decir -ampliaron-, el beneficio que se observe en la facturación relativa al período de implementación del nuevo régimen es proporcional a los días de vigencia de las nuevas tarifas diferenciales dentro de dicho período, por lo que el monto que se visualizará en las facturas recibidas en agosto, septiembre y, según el caso, hasta octubre y noviembre, podría no ser el total del beneficio".
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