2 de junio de 2011

Locales

Locales. “Es nuestra obligación cumplir con la Ley”, ratificaron desde la Provincia

El Director de Actividades Mineras, Ezequiel Pallejá, funcionario de línea de la Dirección de Mineria comprendida dentro del ministerio de Producción bonaerense, ratificó que avanza en la estructura administrativa el expediente que terminará de dictar el acto administrativo que determinará el fin de la actividad minera dentro de la Poligonal.

Ratificando el adelanto exclusivo de este Diario en la edición pasada, el funcionario recordó que “hay una Ley, que como toda ley tiene una reglamentación. Dentro de dicha reglamentación se subdivide en plazos para que en un año las canteras realicen un plan de reconversión, acogiéndose al plan maestro que fijó la misma Provincia. Se ha cumplido uno de los subplazos y las canteras no presentaron plan alguno
esta es una acción conjunta entre la Municipalidad y la Provincia, trabajando muy juntos en esto. La autoridad de aplicación de la Ley es precisamente la OPDS. Llegado el caso que se produzca un incumplimiento el organismo que hace el acto administrativo para decretar el cese de la actividad minera es la Dirección provincial de Minería. En ese estado estamos, el expediente está en estudio de la Asesoría General de Gobierno para que nos informen si están dadas todas las condiciones de acuerdo marca la Ley y su reglamentación para proceder a dicho acto administrativo”, explicó.

Sobre la presentación de las canteras recibido en las últimas horas dijo que “no influye en nada. Ya los pasos burocráticos se habían iniciado antes que llegara este planteo. Obviamente como toda petición será considerada, pero de ninguna manera ha provocado que se detengan los tiempos del avance del expediente. Los asesores ya estaban trabajando cuando se recibió este planteo canteril. Seguramente se agregará, pero hasta aquí no ha incidido en lo que hemos avanzado”.

En diálogo con el programa Examen Final de la AM 1560, Pallejá sentenció que “nuestra acción ahora es cumplir con la Ley, y una vez el dictamen de la Asesoría General de Gobierno, quien nos informará si legalmente estamos en condiciones de promover la acción que la Ley prevé, que no es otra cosa que retirar el permiso que las empresas tienen como productor minero y proceder a lo que se llama el cierre temprano de la cantera”.

El funcionario prefirió no contestar el planteo de las canteras, “eso lo harán los asesores de Gobierno”, ahora sí opinó que es un problema complejo: “hay un Código de Minería Nacional, una Ley de medio ambiente nacional, una Ley provincial, hay antecedentes en el país y en el extranjero, soluciones que se han dado en todas partes de distinto tenor y distinto grado, y todo eso se tuvo en cuenta en el momento de elaborar la Ley. Nosotros lo que tenemos que hacer ahora es cumplir la Ley, no ponernos a rehacer o repensar los argumentos por los cuales se hizo la Ley. Hay una Ley que dice que tenemos que hacer tal cosa y la estamos haciendo, eso sí, con el cuidado correspondiente”.

Explicó además que “el Código Minero es una Ley, y la Provincia ha votado otra ley. Lo que hay que hacer es cumplir todas las leyes, eso es precisamente el arte de gobernar. Por eso no tenemos que dar pasos en falso y muñirnos de toda la información legal correspondiente. Entendamos también que se trata de una ley que fue votada por las dos Cámaras provinciales, que nadie la vetó y nadie pidió hasta aquí su inconstitucionalidad, de tal forma que es nuestra obligación cumplirla”.

Por otro lado, el funcionario reconoció que no hay plazos para que Asesoría dicte su opinión.

Sobre las posibilidad acotadas o no que tenían las canteras para reconvertirse, el director prefirió ya no definirse, puesto que “ya no es el tema de discusión”, aquí la cuestión es que “no se han presentado los planes de reconversión. Si lo hubieran hecho podía discutirse aquello, pero ahora no está en discusión porque no han presentado nada”.

Sí el director reconoció que podría generar discusión los plazos, porque la reglamentación marcó un plazo “dentro de otro plazo”. A saber, la ley habla de un plazo de un año, pero la reglamentación subdividió ese plazo. “Allí hay un tema legal que debe ser evacuado”, entendió.


LA OPINION COMUNAL

Consultado el jefe de Gabinete comunal, Juan Pablo Frolik, sobre la noticia ventilada por LA VOZ DE TANDIL, sostuvo que el planteo canteril “no me sorprendió”, puesto que “es una réplica de algunas declaraciones periodísticas que había hecho el doctor Merbilhaa. En realidad no cuestiona nada nuevo. Todo redunda en los cuestionamientos a la ley de paisaje protegido, el decreto reglamentario, insisten en que solo están regidos por el Código de Minería de Nación, y lo que yo interpreto es que si había alguna cuestión que impugnar contra el decreto reglamentario debió ser hecho vía un decreto de revocatoria que la ley de procedimiento administrativo la fija en un plazo de 30 días a partir de la publicación del decreto reglamentario en el Boletín Oficial, por lo cual me suena más a una presión a los funcionarios de la Provincia, sobre los cuales la ley pone bajo su responsabilidad hacer cumplir los actos administrativos que en este caso hacen al cese de las canteras”.

“Se trata de una presión -insistió-, cuando se intenta hablar de la responsabilidad patrimonial personal de quien vaya a firmar, y esto no es nuevo, desde el 2004 a mi también me tocó recibir cartas documento como apoderado de la Municipalidad, en las que se me hacía responsable de todo lo que pasara y, hasta ahora, no me pasó nada”.

Añadió que se trata de “una estrategia que busca presionar al funcionario, cuando éste lo único que va a hacer es dictar un acto administrativo que lo obliga la Ley a dictar. No es un capricho del funcionario dictar el cese de las canteras, el cierre es consecuencia de determinadas cosas que pasaron y de acuerdo a lo que decía la Ley”, explicó.

Sobre los plazos que podrían absorber la decisión provincial, Frolik señaló que la Ley habla de un plazo de un año (el 18 de septiembre), por lo que no se puede superar ese tiempo para que el director de Minería dicte el acto administrativo para decretar el cese de la actividad canteril.

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