27 de marzo de 2011
El asesor legal de las canteras Monte Cristo, Carba y el Trincante, doctor Pedro Merbilhá en diálogo con AM1560 en el programa “Examen final” que conduce Rodrigo Revillo indicó que la salida para terminar con la actividad de las canteras, pasa por la expropiación o la indemnización, al prohibirse una actividad licíta y vaticinó que dicha indemnización “es una hipóteca centenariamente millonaria en dólares porque estamos hablando de privar absolutamente”.
Mencionó que las empresas a las que asesora, seguramente recurrirán a la vía judicial para hacer valer sus derechos, al tiempo que tildó como un “bluff” a la Ley que termina con la explotación canteril en la zona de la Poligonal, aunque por ahora no han realizado ninguna presentación.
Asimismo sostuvo que la presentación debería hacerse en el corto plazo, porque los tiempos pueden extenderse demasiado.
Tras cuestionar a la ley que restringe la actividad minera en el sector comprendido por las rutas 30, 226 y 74, sostuvo que la salida pasa por la expropiación o una indemnización por lucro cesante al prohibirse una actividad licita.
“El plan de manejo es un acto administrativo que han rechazado las canteras”, pero dijo que no se trata de una acción judicial, “es un rechazo administrativo que se presenta ante la autoridad que lo emitió”, porque “no se trata de un plan de manejo, se trata de un plan de eliminación”.
Destacó que se apunta a eliminar la actividad minera en un área determinada de Tandil.
“No se puede prohibir a nadie llevar a cabo una industria licita, que como la minería está regulada o autorizada. Se puede expropiar, con una compra forzosa, a través de la Provincia, no el municipio.
O prohibir esa actividad con la doctrina de los actos lícitos de la Corte Suprema. Se le paga la indemnización correspondiente por daños y perjuicios, tanto de daño emergente como lucro cesante a quien se le prohibe hacer una actividad lícita. Esa es la única salida de fondo”, reconoció.
Además aseguró “todo lo demás son inventos, maniobras, gestiones subrepticias y en el caso de la minería cuya regulación ha sido delegada a la nación por las provincias en la Constitución Nacional, cualquier aspecto de la minería que se quiera tocar, si se lo hace alterando a la legislación federal es inconstitucional y este es el panorama que tenemos. Todo lo demás es ilegal”.
En cuanto a la nómina de trabajadores que podrían ser absorvidos por el estado lo presentaron, “porque no se trató de un acto administrativo y fue un mero requuerimiento”.
“Ante la eventualidad que esta ley a pesar de todo se haga, si es que hacen algo los particulares, es decisión de ellos, pero si hay voluntad política de hacerla aplicar y se intenta aplicar, no tiene porque perjudicar a terceros, como son los empleados mineros”, dejó en claro.
No obstante aseveró “en cambio el plan de manejo es una disposición administrativa aplicativa, por lo tanto concreta en un acto administrativo la aplicación de una ley y como es anticonstitucional se han opuesto, la han impugnado como corresponde”.
Denunció que la Provincia “ha violado la delegación potestativa, ha violado el contenido del Código de Minería, ha violado su propia legislación y ha violado incluso sus propias decisiones técnico-administratrtivas aprobadas por el Poder Ejecutivo” porque “cada una de las canteras de Tandil cuenta con un certificado de impacto ambiental, después de haber pasado penurias y esfuerzos para cumplir con todos los requisitos con la autoridad”.
“Porque el Ejecutivo Provincial les exigió para poder autorizarlas y finalmente las autorizó considerando que el impacto ambiental, entre ellos el paisajístico que es un capítulo importantísimo en el anexo 5 del decreto 967 ha considerado que ese impacto no es tal y el paisaje es perfectamente recomponible y para eso han tenido y cumplen un plan de explotación, de manera que la provincia ha ido de golpe en contra de todo, apoyándose en una presunta potestad sobre el medio ambiente”, dijo más adelante.
Explicó que “es como si la provincia de Buenos Aires por su cuenta hubiera dictado una ley propia, provincial sobre las personas físicas y jurídicas, la ley de matrimonio por ejemplo, violando el Código Civil y haciendo a su antojo algo diferente y limitativo a lo que dice el Código Civil”.
Mencionó que las empresas tienen dos acciones posibles “una compatible con la otra. Una es la inconstitucionalidad y en el caso que no prosperara. Supongamos que un juez se le ocurriera ayudar al estado, al gobierno de turno o tiene una distracción jurídica muy grosera y dice esta ley está bien. En ese caso le tienen que pagar la indemnización que no está prevista en ningún lado, que la va a tener que fijar el juez”.
“Tienen mucho plazo para esto, porque entre los plazos de prescripción legales y los propios plazos que esta ley absurda dictada en la provincia tiene, las canteras pueden pensarlo, pueden esperar, tienen mucho tiempo”, sentenció Merbilhá.
Cargó duro contra el plan de reconversión al que definió como un “bluff”, “es una exigencia de una ley inconstitucional, me refiero a las acciones de fondo”.
Definió a la cuestión como una movida política en un año electoral donde “algunos están convencidos que la eliminación de la mineria es un tema fundamental en Tandil, pareciera que no es”.
Sostuvo que la sociedad tandilense, a la que definió como culta, “ha caído como en el resto del país en la desgracia de tener una dirigencia política, no importa el color del partido, muy corta de mira, con pequeñeces, buscando cuestiones de impacto y se han convencido que es un tema fundamental para la comunidad. En las encuentas que he podido conocer de hace un año, el tema de las canteras no subía del quinto, sexto puesto en la inquietud de los habitantes de Tandil, había temas mucho más importantes como la seguridad”.
No dudó en señalar que el tema “está impulsado por un interés político desde hace muchos años, se ha convertido en una bandera política. Hay grupos que se han convencido de esta necesidad, gente que no comprende el verdadero alcance del medio ambiente, que es el entorno. Lo que más ha depredado es la instalación del hombre, no hay cosa más depredadora que la instalación de una ciudad. Tandil ha crecido en forma exponencial y no se han privado de seguir creciendo con muy poco cuidado estético. Se permite cartelería, que da fondos porque se cobran impuestos y con la cartelería no se pueden ver las sierras desde el centro de la ciudad”.
“Tandil con estas pequeñas miserias de dirigencias y tratando de convencer con grandes declamaciones cosas que en realidad no son tales, planteando como imposible de resolver cosas que se pueden resolver perfectamente y que están perfectamente reguladas, mintiendo, no haciendo estudios, no profesionalizando la información, con este bagaje que estamos viendo en la Argentina en general, Tandil no ha estado eximida de esto y el caso de las canteras es un caso más de este tipo de fenómeno social que estamos viendo”, detalló el asesor de las empresas mineras.
Apuntó que “esto es clarísimo desde el punto de vista jurídico pero tenemos el riesgo de fallos políticos”.
“Puede ser que le reconozcan la verdad jurídica y todo esto desapareza de la noche a la mañana o que si se priorizan otras cuestiones por encima del derecho tengan que compesar el interés afectado.
Podría haber medidas cautelares que suspendieran la aplicación. La ley no tiene ningún fundamento”, graficó Merbilhá.
En cuanto al Proyecto de reconversión lo tildó de disparate “tendrían que dejar las cosas como están, no se podrían utilizar para ninguna otra actividad. Lo único que se podría hacer sobre la piedra es construir algunas casas, pero el municpio ha puesto límites a eso por su cuenta, que les va a decir a estos empresarios pongan un kiosco vendan chupetines y visitas guiadas por las sierras”.
Frolik y los plazos
El doctor Juan Pablo Frolik señaló a AM1560, en el programa “Examen final” que “a partir de la reglamentación y aprobación de la ley se preveía un plazo de cuatro meses para la elaboración y aprobación del plan de manejo. Ese plazo se cumplió recientemente. Después había un plazo de 10 días para que el municipio notifique a las empresas canteriles ubicadas dentro de la Poligonal para que realicen el proyecto de reconversión. Esto fue notificado el 18 de febrero. El plazo en el que deben presentar el proyecto de reconversión es de tres meses, por lo que estaría venciendo el 18 mayo”.
“A partir de ahí si se presenta el proyecto de reconversión hay un período de 2 meses para el municipio para poder evaluarlo y elevarlo a la provincia de Buenos Aires y otros 80 días que tiene la provincia para decidir si se aprueba o no el proyecto de reconversión” mencionó el funcionario.
Dijo desconocer lo que harán las empresas y sostuvo que el plazo de la presentacién de la nómina de empleados en el Ministerio de Trabajo “era de 45 días a partir de la reglamentación de la ley, paralelo al plazo de reconversión. Nosotros notificamos hace bastante tiempo y fue presentado por parte de las cuatro empresas en tiempo y forma. Esto creo que fue a fines de noviembre, principios de diciembre”.
Frolik dijo no tener conocimiento de la estrategia empresarial ni si manejan plazos en caso de judicializar el tema y expresó que el Plan de reconversión establece lo que dicta la ley.
Al mismo tiempo graficó que en caso de oponerse seguramente será la oposición a la ley misma y que la norma se sustenta en la ley de paisaje protegido que tiene nueve años.
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