25 de julio de 2011

Locales

Locales. Ahora la Justicia dio por extinguida la causa penal contra el gerente bancario

Hace un par de años, desde éstas páginas se informaba sobre el procesamiento del ex gerente de la sucursal del Banco Provincial local, tras una investigación que se iniciara en el 2002 por la denuncia de la propia entidad bancaria que había detectado irregularidades en las asistencias crediticias otorgadas durante los años 91 al 99. Por el hecho, el ex gerente, Jorge Zunino, había sido cesanteado de la institución bancaria y luego de seis años la Justicia lo había procesado bajo el delito de “Administración Fraudulenta contra la administración pública”.

Pasó el tiempo y las apelaciones del defensor oficial Diego Araujo, hasta que tuvieron su respuesta favorable. En efecto, la Cámara de Apelaciones de Azul y Casación hizo lugar al recurso defensista, suspendiendo la elevación a juicio ordenada oportunamente por el juez de Garantías, y se declaró “prima facie” extinguida por prescripción a la acción penal dirigida contra el acusado.

Dentro de los argumentos que el defensor esgrimió en su apelación, se sostuvo que frente a la calificación sostenida (Administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública), la pena establece una escala temporal de dos a seis años de prisión. Por su parte, el artículo 62 del Código Penal establece que la acción penal prescribirá después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito.

Se reseñó sobre el rechazo que oportunamente hizo el juez de Garantías sobre la prescripción por cuanto los hechos que se le endilgaban al ex gerente debían entenderse como una unidad delictiva continua en su existencia. Que por ello la ley aplicable resultaba ser aquella vigente al momento de realizarse el último acto parcial que integra la unidad delictiva, y que además el plazo de la extinción comenzaría a correr desde el momento en que se realizó el último acto de carácter ejecutivo o en que se produjo el último hecho que se considera integrante de la unidad de acción.

Así, el juez explicaba que habiendo cesado en su función público Zunino con fecha 4 de julio de 2002, y habiéndose citado a prestar declaración con fecha 30 de junio de 2008 no transcurrió el plazo de seis años, sólo transcurrieron cinco años y seis meses y 26 días.

Para Araujo dichas conclusiones resultaron equivocadas, puesto que aún pensando que se configura el delito continuado hay, además, una ausencia de fundamentación en orden a la causa de interrupción de la prescripción pues el imputado que se encuentre desempeñando un cargo público, debe tener efectivamente el poder de hecho para impedir el actuar de los investigadores, o el suficiente poder político para lograr que su hecho quede impune como consecuencia de la función pública que detenta.

En este caso, el defensor subrayó que en esta causa no concurre la causal de interrupción alegada por cuanto Zunino si bien fue cesanteado de su cargo el 4 de julio de 2002, ya el 19 de abril de 2001 no ocupaba más la gerencia del Banco Provincia. Ya estaba sumariado e investigado por el Directorio del Banco y por la Comisión Bicameral de la Legislatura de la provincia de Buenos Aires.


EL CASO

Como oportunamente se informó, la fiscalía N° 3, había procesado al ex gerente por el delito tipificado como “Administración fraudulenta contra la administración pública”.

La profusa instrucción penal, que contiene cientos de fojas, se inició en el 2002, a través de una denuncia presentada por el mismo Banco, ante la detección de serias irregularidades en la asistencia crediticias, préstamos y otorgamiento de créditos.

Específicamente la causa se fundamentó en 10 hechos, que conteníanaracterísticas similares en las anomalías detectadas y el modus operandi, lo que mereció entonces la imputación que ahora recae finalmente en el ex gerente, para lo que el Código Penal fija una pena que va de los 2 a 6 años, por lo que resulta un delito excarcelable.

Vale reseñar que el 19 de julio de 2002, este Diario daba a conocer la noticia que conmovía la ciudad, especialmente aquella vinculada al circuito económico: el ex gerente del Bapro sucursal Tandil, Jorge Zunino, quien fue reemplazado en aquellos días y derivado a la gerencia operativa de Olavarría, había sido cesanteado de la institución crediticia a partir de estas irregularidades detectadas por la propia entidad.

La información oportunamente ventilada daba cuenta que la medida se había adoptado a comprobarse anomalías en el otorgamiento de créditos cuando se desempeñaba como gerente de la sucursal Tandil del Bapro.

Sobre la cuestión administrativa, el sumario se inició en Capital Federal, el Estatuto del Bapro contemplaba dos tipos de sanciones cuando se detectan irregularidades de alguna índole.

La más dura es la exoneración y el agente alcanzado por este medida recibe una serie de agravantes entre las que se contempla la inclusión en una lista por la cual no puede realizar ningún tipo de operatoria con el Banco e inclusive se loa inhabilita de por vida para desempeñarse en la función pública.

La cesantía es la más beneficiosa de las sanciones aunque el agente es sancionado por cinco años en los cuales no puede realizar operaciones ni ocupar cargos en entidades públicas.


LA CREDITOS

Como se detalló en exclusiva en aquellos días, el Bapro había comenzado la investigación ante la forma en que se otorgaban créditos porque se fraguaba documentación, inclusive se abrió una causa en la Justicia porque se “truchaban” aportes a entes recaudadores nacionales para encuadras al cliente en la operatoria.
Trascendía por aquellas jornadas que las carpetas eran armadas y presentadas en el Banco para conseguir los préstamos cuando la realidad económica de los interesados no cumplía los requisitos exigidos por la entidad crediticia.

A finales de agosto de 2002, desde la entidad involucrada se había indicado la medida de concretar una denuncia penal a raíz de los créditos presuntamente otorgados de manera irregular.

El Banco consideró que más allá de la vida administrativa resultaba menester ahondar el la cuestión penal.

Por esos días, se desconocía hasta qué autoridades llegaría la posible imputación, cuestión que ahora quedó develada según trascendió de la fiscalía interviniente.


REPERCUSIONES POLITICAS

La causa iniciada en nuestra ciudad, formó parte de una profusa investigación que se iniciaba en el 2000, básicamente por las irregularidades detectadas en el período 1991 a 1999.

Incluso cobró especial relevancia el rol de la Comisión Bicameral, entre los que se destacaba la intervención del diputado provincial de la UCR por aquel entonces, Pedro Azcoiti.

“No hay dudas que todos los que han sido directores del Banco, entre los años 1991y 1999, son responsables, al menos administrativa y políticamente. Es probable que surja de la investigación, la comisión de un delito en la que quedarían involucrados en algún tipo de delito penal”, afirmaba en esos controvertidos días el legislador en una visita a nuestra ciudad.

La Comisión Bicameral que investigó la cartera de créditos del Provincia se creó después que la entidad solicitara un auxilio financiero a la Provincia. Ante la posibilidad que la institución quedara fuera del sistema se creó un fondo de fideicomiso por 1820 millones de dólares.

Por un lado –se reseñaba- le arrojaban un salvavidas al Banco, pero por el otro sometieron la cartera de créditos a una puntillosa investigación para descubrir las irregularidades que llevaron a la crítica situación de la entidad en esos años.

Según Azcoiti, el Banco arribó a la crisis por diversas razones: “créditos mal otorgados por garantías insuficientes, por amiguismo político y mayores al tope permitido”.

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