18 de octubre de 2026
La Seccional Tandil-Benito Juárez de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una solicitud formal ante las autoridades del Municipio de Tandil para exigir su inmediata convocatoria e incorporación efectiva a las juntas laborales, la Comisión de Asistencia a la Víctima y la fiscalización de los concursos de cargos municipales.
La presentación, firmada por el Secretario General Hernán Daniel Gasparini y el Secretario Gremial Jorge Ariel Lapanno, fundamenta el reclamo en el principio de libertad sindical y en el régimen de representación plural del sector público.
El pedido contempla la participación del
gremio en cuatro ámbitos centrales regulados por el Convenio Colectivo de
Trabajo (CCT N° 9/19) y la normativa provincial:
Fundamentos
jurídicos y rechazo a la exclusión
Desde ATE remarcaron que el reclamo se
sostiene en las garantías constitucionales de libertad sindical e igualdad
(arts. 14 bis y 16 de la Constitución Nacional), el derecho de agremiación de
la Ley Provincial 14.656 (art. 16) y las facultades de representación y
fiscalización de la Ley Nacional de Asociaciones Sindicales 23.551 (art. 31).
Asimismo, citan la Resolución 255/2003 del Ministerio de Trabajo de la Nación,
la cual preserva la coexistencia de personerías en la administración pública.
Frente a las cláusulas del convenio
colectivo que individualizan al Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil
(STMT), la conducción de ATE sostuvo que tales menciones deben armonizarse con
el régimen de pluralidad sindical. La entidad enfatizó que la existencia de un
sindicato signatario no puede invocarse como argumento para impedir la
participación de ATE en temas que afectan directamente a sus representados.
Plazo
de respuesta y reunión institucional
Para concretar las medidas, la Seccional
solicitó una reunión institucional urgente con las autoridades competentes, la
entrega de copia de los reglamentos vigentes y la definición de un canal formal
de comunicación.
Finalmente, la conducción sindical otorgó
al Ejecutivo municipal un plazo de diez días hábiles administrativos para
emitir una respuesta fundada sobre los puntos peticionados.
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