2 de febrero de 2026
En un intento por reforzar la seguridad pública y prevenir nuevos accidentes fatales, los concejales del bloque Fuerza Patria han presentado un proyecto de ordenanza que busca modificar la normativa vigente (N.º 7271/97) "para prohibir de manera expresa el nado, baño recreativo o ingreso voluntario de personas en el espejo de agua del Parque Urbano Lago del Fuerte".
La iniciativa surge a raíz de la detección de conductas recurrentes de bañistas que ingresan al lago, lo cual representa un riesgo crítico para la integridad física. Según los fundamentos del proyecto, la actual Ordenanza 7271/97 regula actividades como la pesca deportiva, los deportes náuticos y el desarrollo turístico, pero posee un vacío legal respecto a la habilitación o prohibición del nado.
Esta falta de claridad legislativa ha derivado en interpretaciones erróneas por parte de los usuarios, resultando recientemente en la pérdida de vidas de ciudadanos locales, como el reciente caso de Axel Arias, quien falleció ahogado el pasado 24 de enero.
Es importante destacar que el Lago del
Fuerte es una obra hidráulica artificial y sus características técnicas y
ambientales no lo hacen apto para el uso recreativo acuático sin una
autorización específica.
Alcance
de la prohibición y excepciones
El Artículo 1° del proyecto establece que
la prohibición abarca acciones como nadar, bañarse, zambullirse o cualquier
actividad que implique la inmersión total o parcial de personas en el agua. La
única excepción contemplada será el nado como actividad deportiva en
competencias debidamente autorizadas por la autoridad competente.
El proyecto de ordenanza hace especial
hincapié en el principio de prevención establecido en la Ley Nacional N.º
25.675 (Ley General del Ambiente). Por ello, se propone obligar al Departamento
Ejecutivo Municipal a instalar cartelería visible, permanente y suficiente que
indique la prohibición y los riesgos existentes en los siguientes puntos
estratégicos:
· Todos los accesos al Parque Urbano.
· Sectores de mayor circulación peatonal.
· La zona del puente peatonal.
De aprobarse la normativa, el municipio
dispondrá de un plazo de sesenta (60) días corridos para implementar la nueva
señalización.
El objetivo primordial de esta reforma "es
proteger la vida y la salud tanto de los tandilenses como de los turistas que
visitan la ciudad", señala el proyecto, remarcando la importancia de "fortalecer
la seguridad jurídica del Municipio y garantizar un uso responsable del espacio
público, se busca evitar que la recreación en este emblemático parque natural
se convierta en una situación de peligro previsible".
El proyecto ya ha sido elevado al Concejo
Deliberante para su tratamiento y aprobación definitiva.
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