15 de septiembre de 2025
El Juzgado Federal N° 2 de Catamarca hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad, (ANDIS) que restablezca todas las pensiones no contributivas por invalidez que habían sido suspendidas en la provincia. Además, el organismo deberá abonar los pagos retenidos a los beneficiarios afectados.
El fallo, firmado el viernes por el juez Guillermo Díaz Martínez, también establece que la agencia no podrá continuar con las auditorías amparadas en la normativa cuestionada. Además, tampoco se podrá implementar nuevas suspensiones, hasta que se emita una sentencia definitiva en la causa
Esta restricción ya había sido adoptada de forma preventiva por el Ejecutivo días atrás. También, la resolución busca atender la delicada situación de un grupo de personas con discapacidades que dependen económicamente de estos beneficios para su subsistencia. Por ello, se le dio un plazo máximo de 24 horas para su resolución.
La acción de amparo que motivó la decisión fue presentada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, ciudadanos de manera individual y el Defensor del Pueblo de Catamarca. Todos ellos solicitaron al Estado Nacional, a través de ANDIS, que se anulen las suspensiones de las pensiones por invalidez en la provincia.
Por otra parte, se pide que se ajusten los procedimientos de auditoría a los criterios legales y constitucionales. Esto para que se declare la inconstitucionalidad del decreto 843/24, que modificó las condiciones de acceso a estas pensiones.
Qué indican los denunciantes
Según los denunciantes, al eliminar las normativas anteriores y establecer requisitos más estrictos, como una incapacidad total y permanente del 66% además de la ausencia de trabajo registrado, resulta inconstitucional. Consideraron que estas barreras vulneran los principios de progresividad en materia de derechos de las personas con discapacidad.
En la provincia catamarqueña, los recortes comenzaron en julio, y los titulares se enteraron de la suspensión por la falta de cobro de sus haberes. Posteriormente, algunos recibieron notificaciones en cartas documento con un lenguaje técnico complejo y con deficiencias en los requisitos formales.
Los afectados sostienen que esto vulnera su derecho a la defensa administrativa y, en consecuencia, se refleja un intento de ANDIS por reducir los costos de la protección de este sector vulnerable. Frente a esta situación, los demandantes consideraron que el amparo era la vía más adecuada para garantizar la restitución inmediata de los derechos afectados.
(Fuente: Radio Mitre)
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