11 de marzo de 2026
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Azul ratificó la elevación a juicio para Juan Pablo Luna, un docente acusado del brutal femicidio de Andrea Soledad Petilo, ocurrido en diciembre de 2024 en la ciudad de Tandil.
La decisión, tomada por los jueces Damián Pedro Cini y
Carlos Paulino Pagliere, rechazó el recurso de apelación de la defensa y
confirmó la resolución previa del Juzgado de Garantías N°1.
La defensa de Luna pretendía evitar la carátula de
femicidio, solicitando que el hecho fuera calificado como un homicidio
preterintencional o simple.
Según su postura, el encuentro entre ambos habría sido
consensuado y se habría producido en el marco de "prácticas sexuales
alternativas", negando así un contexto de violencia de género.
Sin embargo, los camaristas señalaron que en esta etapa
procesal no se requiere certeza plena, sino una probabilidad fundada que
justifique el debate oral.
El juez Cini subrayó que el juicio es el ámbito adecuado para
profundizar en el análisis de las pruebas, mediante el interrogatorio de
peritos y testigos.
Pruebas clave y
antecedentes del acusado
Existen elementos contundentes que sostienen la hipótesis de
la acusación. Si bien inicialmente Luna declaró a la policía que Andrea había
muerto por una presunta sobredosis, la autopsia determinó que falleció por
asfixia mecánica y que presentaba lesiones visibles en las manos y el tórax.
Además, se valoraron testimonios sobre episodios de
violencia previos del acusado hacia otras mujeres.
Luna, exdocente de la Escuela Técnica 2, ya contaba con un
oscuro historial: en 2023 fue cesanteado tras ser denunciado por acoso sexual a
una alumna de 15 años, a quien le habría ofrecido beneficios académicos a
cambio de favores sexuales.
El cuerpo de Andrea Soledad Petilo fue hallado en un
departamento de los monoblocks ubicados en Avenida Perón y Juramento.
El caso pone de relieve fallas sistémicas, dado que el
imputado pudo seguir ejerciendo influencia sobre jóvenes a pesar de las graves
denuncias previas en el ámbito educativo.
Finalmente, el tribunal resolvió que Luna sea juzgado por el
delito de homicidio de una mujer cometido por un hombre mediando violencia de
género (femicidio), según el artículo 80 inciso 11 del Código Penal, con la alternativa
de homicidio simple.
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