21 de abril de 2011

Locales

Locales. La Cámara decretó la nulidad del fallo y la feria mercantil no corre riesgo

En las primeras horas de la tarde de ayer, la comuna recibió la notificación judicial que da vía libre a la realización de la feria mercantil en la cava del Barrio Movediza.

Si bien no se logró contar con la sentencia, desde Legales de la comuna como del abogado del amparista, se coincidió en que el veredicto de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso y Administrativo echó por tierra el fallo en primera instancia que viabilizó la media cautelar de no innovar, y así despejó la incertidumbre frente a la realización de la tradicional feria, ahora en un nuevo escenario.

Tal lo detallado en ediciones pasadas, el oferente Broglio se dijo perjudicado por la adjudicación de la feria que recayó en la otra propuesta, denunciando presuntas anomalías, irregularidades en el proceso licitatorio, por caso, no dar el proceso de pre adjudicación, entre otros cuestionamientos.

El juez de Garantías, José Alberto Moragas hizo lugar a la medida cautelar, abriendo un gran interrogante sobre la puesta en marcha de la feria en cuestión, hasta que ayer la Cámara se expidió tras las dos apelaciones presentadas por el Ejecutivo.

Uno de los recursos del municipio versó sobre la inadmisibilidad de la demanda, otra contra la medida cautelar y, además, se contestó la demanda.

A partir que el juez en primera instancia había dado lugar a una medida de no innovar, con lo cual imposibilitaba la apertura de la feria, el Ejecutivo presentó un recurso de apelación por varios motivos, entre ellos en que no había contracautela, léase se aceptaba el planteo del demandante pero no se tuvo en cuenta que si la situación no prosperaba si hacía un daño, un prejuicio injusto al municipio.

En segundo término, se planteó que si el Estado era el demandado no era necesario disponer esa medida porque en definitiva el Estado se haría responsable, pero de ahí a parar una obra, el armado de la feria, resultaba excesivo.

LA SENTENCIA

En la sentencia de la Cámara se declaró de oficio la nulidad parcial de la resolución apelada en cuanto hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el amparista. Disponiendo en consecuencia y únicamente al solo efecto de resolver el planteo precautorio articulado (por la medida cautelar de no innovar) que otro juez hábil dicte otro pronunciamiento dentro del plazo legal a cuyo fin deberán remitirse las actuaciones.

En síntesis, la Cámara declaró nulo el fallo que declaró válida la medida cautelar porque entendió que el magistrado interviniente se limitó a acoger la tutela precautoria peticionada por el actor mediante una genérica afirmación, por lo que no hubo una argumentación sólida, fundada y convincente producto de un concreto y profuso análisis de las cuestiones ventiladas en el marco del pedido cautelar. Faltó la causa motivacional del fallo, se explicó.

Así la medida de no innovar tendrá que ser resuelta por otro magistrado (el Tribunal Criminal Nº 1), aunque por los tiempos que corren la causa podría quedar en abstracta habida cuenta que la feria ya está armada y a punto de inaugurarse.

Respecto al amparo, aún queda por resolver, sobre lo que desde Legales municipal se aclaró, que aún permaneciese vigente el amparo no se está diciendo que queda la adjudicación a la otra parte, a lo sumo está diciendo que el día de mañana el que se presenta como afectado podrá presentar una demanda por daños y prejuicios, que tendrá que probar.

“Hasta ahora la feria se hace y entendemos que seguirá así, veremos de acuerdo a las notificaciones que nos hagan cómo sigue el planteo”, respondió el doctor Marcelo Giaconi desde Legales del municipio, a la vez de aclarar que “si existió una falta en el procedimiento la misma no es de tal rigor que provoque se caiga la adjudicación o que se haya violado algún derecho constitucional de la persona”.

En diálogo con el programa Examen Final de la AM1560, el funcionario indicó que “lo que más nos molestó de todo esto es que se pueda dudar de la transparencia del proceso licitatorio. Pudo haber habido un error o no, subsanable o no, pero la transparencia que hubo al tomar decisiones que otros no hubieran tomado es inobjetable”.

“Lo más fácil -siguió- hubiera sido tomar la mayor oferta, pero no, preferimos analizar toda la propuesta, todos los tópicos y ahí tomamos la decisión. Insisto, si hubo un error, no tuvo la entidad suficiente como para planteado que se ha avasallado el derecho constitucional de defensa, de concurrencia, de nada, absolutamente. Si creen que hubo algún daño, pues bien, que se plante y se evaluará oportunamente el daño invocado si es que existe”, cerró.


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